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"La nueva norma puede generar oportunidades laborales en el sector"

Entrevista a Asensio Navarro Ortega, vicedecano de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de Melilla

por Javier Teruel
26/02/2022 18:00 CET
"La nueva norma puede generar oportunidades laborales en el sector"
Imágenes: Cedidas
Imágenes: Cedidas

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El Consejo de Ministros aprobó este jueves 17 de febrero la proposición de ley de Protección Animal en la cual se consideraría a los animales “seres vivos dotados de sensibilidad” y no cosas y se prohibiría la venta de mascotas, entre otras modificaciones. Además, aumentaría las penas en relación al maltrato animal.

Hablamos sobre esta cuestión con Asensio Navarro Ortega, vicedecano de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de Melilla y profesor de Derecho Administrativo, que explicará las claves de este nuevo anteproyecto de ley.

¿Qué novedades clave trae este nuevo anteproyecto?

El Anteproyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales, recientemente aprobado por el Consejo de Ministros, pretende avanzar en la integración de los animales en la sociedad y adaptar las medidas de protección y bienestar de los animales de compañía y silvestre en cautividad, estableciendo una normativa básica a nivel nacional, que complemente las diferentes regulaciones autonómicas en la materia.

Uno de los aspectos más novedosos, es el de intentar coordinar, en una sola norma, el régimen de tenencia y de convivencia responsable con animales, lucha contra el abandono y maltrato de animales que viven en el entorno de las personas. En este sentido, se pretende una actuación integral de los poderes públicos para fomentar la protección y el bienestar animal, así como establecer un sistema de información centralizado en materia de protección ambiental, que permita un mayor control y seguridad de estos seres vivos, estableciendo un marco general para todo el territorio español, independientemente de las regulaciones específicas que existan en cada Comunidad Autónoma.

La norma introduce una serie de aspectos de especial relieve, cuales son:

- Se prohíbe el sacrificio de animales de compañía sin una causa eutanásica, sanitaria o de salud pública justificada y/o avalada por un veterinario.

- Se creará un listado positivo de animales de compañía para regular qué seres vivos son objeto de esta definición. Al mismo tiempo, deberán estar todos identificados y vacunados de manera obligatoria, en todo el territorio nacional.

- En relación a la venta y cría de animales, se exige un control mediante pautas establecidas a reducir la venta indiscriminada de determinadas especies, y evitar que se antepongan los aspectos lucrativos a los del cuidado de estos animales. La Ley de protección, derechos y bienestar de los animales también prohibirá las prácticas que provoquen "daño" y "sufrimiento", como el uso de collares eléctricos o el tiro al picho, prohibiendo también la utilización de animales salvajes en circos.

¿Cómo podría afectar a los negocios de Melilla si se llevara a cabo?

El Anteproyecto está condicionado a su futura aprobación parlamentaria, una vez finalice su todavía larga tramitación, por lo que puede sujetarse a cambios. La tenencia responsable de animales de compañía pretende articular y coadyuvar una nueva noción del término "animal de compañía", como seres integrados en nuestra la sociedad y que forman parte de nuestros hogares. Así, por ejemplo, los establecimientos públicos y privados (como pueden ser los alojamientos hoteleros, playas, restaurantes o bares) que no permitan la entrada y estancia de animales, deberán informar de forma visible de esta circunstancia.

En el caso de Melilla, además de estos establecimientos, públicos y privados, los diferentes negocios y entidades que trabajan con animales deberán adaptarse en el espacio de tiempo que establezca la futura norma, a los preceptos y disposiciones que se recojan en la misma. En la fase de tramitación actual, la norma introduce ya medidas de gran significado e impacto, que pueden proveer un mejor escenario de convivencia con nuestros animales de compañía. Un ejemplo es la prohibición de vender animales en tiendas, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales; o la prohibición de que estos animales participen en exposiciones de belenes y cabalgatas.

Por otro lado, la nueva norma puede generar oportunidades laborales en el sector, puesto que establece como requisito que los dueños de animales domésticos o de compañía superen un curso formativo que facilite una tenencia responsable del animal y que suscriban un seguro de responsabilidad civil. Esta formación, sencilla, pero específica y práctica, irá encaminada a adquirir los conocimientos básicos para el cuidado del animal.

Por su parte, las Administración pública, también deberá adaptarse a estas disposiciones y cumplir las obligaciones en materia de protección animal, realizando las funciones inspectoras y de vigilancia que se precisen en la norma, para prevenir situaciones de maltrato animal, así como perseguir e implantar un régimen de infracciones y sanciones más exhaustivo en esta materia.

¿Qué beneficios traería a la ciudad de Melilla?

Melilla, como el resto de territorios y regiones del Estado español, deberá cumplir la norma, por su carácter básico estatal. Ello permitirá desarrollar el catálogo de prácticas respetuosas con el bienestar y la protección de los animales, generando un entorno más seguro y propicio para nuestras mascotas. Independientemente del lugar de residencia, la norma introduce obligaciones comunes para los ciudadanos que sean titulares de animales de compañía o silvestres en cautividad. Una de sus principales fortalezas, sin duda, es la inclusión de criterios estandarizados para prevenir el abandono animal, así como evitar que los animales se extravíen y queden desamparados, como sucede a menudo en nuestro entorno urbano.

En definitiva, se deberán acometer las medidas que integre la futura Ley, garantizando, por ejemplo, el control y registro de la cría y venta de animales de compañía, para prevenir su sobreexplotación o trato incontrolados, así como fomentar una mayor educación y sensibilización social dirigida a establecer una acogida y cuidado responsable de estos animales.

¿Qué animales son considerados mascotas y cuáles no?

Entre las novedades del Anteproyecto, como ya hemos dicho, está el establecimiento de un listado positivo de animales de compañía. El objeto de este listado está todavía en discusión, por cuanto la regulación de qué animales pueden ser considerados de "compañía", y, por tanto, son aptos para la convivencia en los hogares, introducirá un régimen de protección especial y supondrá su inclusión a todos los efectos en la norma.

Lo cierto es, que, durante las últimas décadas se ha producido un gran auge en la tendencia a adquirir animales exóticos no domesticados como animales de compañía, que incluye una variedad amplia de mamíferos, aves, reptiles, peces y anfibios. Solamente en Europa, existen más de doscientos millones de animales de compañía, muchos de los cuáles no son aptos para vivir en cautividad. La falta de una normativa

que controle y limite el comercio y tenencia de estas especies de animales, unido al desconocimiento sobre su cuidado y los problemas que pueden inducir en el bienestar del animal y en la seguridad y salud pública mismas, han favorecido la elaboración de este Listado positivo de animales de compañía y el desarrollo de iniciativas de información y sensibilización de gran interés, como la que viene realizando www.listadopositivo.org/

¿También subirían más las penas de delitos de maltrato animal?

El Anteproyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales crea nuevos instrumentos destinados a reducir el maltrato y mejorar la relación de diferentes profesionales y colectivos, que trabajan con animales de compañía, por ejemplo, en eventos públicos, ferias, en la prestación de servicios públicos, etc. Pero qué duda cabe que ello no implica, per se, el cumplimiento de estas obligaciones.

En materia de régimen administrativo, la futura Ley pretende crear nuevos tipos infractores que impondrán nuevas sanciones administrativas. Dado su rango y naturaleza legal, este Anteproyecto no modifica el delito de maltrato a los animales, recogido en el artículo 337 de la Ley Orgánica del Código Penal, cuya futura reforma, sin embargo, también ha sido anunciada por fuentes ministeriales. En la actualidad, el Código Penal castiga con penas de tres meses y un día, a un año de prisión, e, inhabilitación especial, de un año y un día, a tres años, para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, a quien "por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual", a un animal doméstico, amansado, habitualmente domesticado, que permanezca bajo control humano o que no viva en estado salvaje de naturaleza.

El Código Penal, además, prevé un tipo agravado, cuando se usen arman, instrumentos, objetos, medios o formas peligrosas para la vida animal; cuando hubiera ensañamiento o se produjera una pérdida o inutilidad de un sentido, órgano, o miembro presencial. También, en aquellos casos en los que el daño se produjera en presencia de un menor de edad. En estos casos, se puede alcanzar la pena de seis a dieciocho meses de prisión, e inhabilitación especial de dos a cuatro años, cuando se cause la muerte del animal.

Fuera de estos supuestos, también se contemplan multas para quien maltrate cruelmente a los animales domésticos o a cualesquiera otros en espectáculos no autorizados. También cuando abandonen a estos animales en condiciones que puedan hacer peligrar su vida o integridad (artículo 337 bis).

En caso de aprobarse la futura reforma del Código Penal, la cuál ya ha sido anunciada, se prevé un incremento de las penas de cárcel que puede llegar a ser de hasta los veinticuatro meses, y la inhabilitación de hasta cinco años para vivir o trabajar con animales.

¿Qué significa el término sacrificio cero? ¿Qué supondrá esta medida?

La expresión "sacrificio cero" hace referencia a la necesidad de alcanzar una política de sacrificio cero para todo tipo de animales que estén incluidos en el ámbito de la futura Ley. De esta forma, no se podrá sacrificar a dichos animales, salvo que esté justificado por criterios veterinarios (eutanásicos), de seguridad o de salud pública. Y siempre bajo criterio experto y/o de un veterinario.

El Anteproyecto blinda el "derecho a la vida" de estos animales y ampara su protección, reduciendo el sacrificio a casos en los que no quede otra solución. Asimismo, se contempla la necesidad de alcanzar a futuro, el objetivo de "abandono cero" de animales, en línea con los que pretenden las políticas europeas y los avances de una civilización sensible y respetuosa con los derechos de nuestros animales, en los que nosotros cuidamos a los animales, en la misma medida en que ellos también - a veces sin que nos demos cuenta- nos cuidan.

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