La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA), con sede en Málaga, ha suspendido de forma cautelar la clausura de El Cielo, el local de eventos que Fran Antón y Kiko Hernández regentan en el Puerto Deportivo Noray. La sentencia, fechada el 23 de septiembre, estima el recurso de la empresa explotadora, Khanton Producciones Melilla, y revoca el auto con el que el juzgado de Melilla rechazó en mayo dejar sin efecto el cierre mientras se resuelve el fondo del pleito.
La Consejería de Seguridad Ciudadana ordenó la clausura el 19 de agosto de 2025 como medida provisional, junto a una multa de 1.501 euros por una infracción muy grave, y el presidente de la Ciudad confirmó ambas en octubre. La multa no se ve afectada, ya que la empresa solo pidió suspender el cierre.
Según sostiene la empresa en su recurso, la clausura se produjo en agosto de 2025. En diciembre se volvió a ordenar el cierre y la Policía Local precintó de nuevo el local, lo que llevó a Fran Antón a encadenarse a la puerta y anunciar una huelga de hambre, como informó entonces este periódico.
El tribunal reprocha al juzgado de Melilla haber dictado el auto sin resolver antes el recurso de reposición de la empresa contra la providencia que encargaba un nuevo informe técnico a la Ciudad. También le atribuye haber omitido la audiencia a las partes tras recibir ese informe, como exige la ley.
Por ello, la Sala concluye que el informe municipal, incorporado de forma irregular, no podía servir de base para denegar la suspensión. Ese documento sostenía que el local no cumplía las exigencias de seguridad en caso de incendio y cuestionaba la validez de las puertas de evacuación.
Para los magistrados, la Administración no había acreditado el riesgo para las personas que justificaba la clausura inmediata y la empresa ya había aportado una memoria técnica de seguridad y evacuación. Añaden que los perjuicios del cierre para el negocio son evidentes y que no consta que la reapertura perturbe gravemente el interés general.
La Ciudad defendió su competencia para inspeccionar actividades abiertas al público en suelo portuario y sostuvo que la falta de licencia bastaba para cerrar. La licencia vigente es la concedida en 2013 al Bingo Rusadir. Khanton alegó que la competencia es de la Autoridad Portuaria y vinculó el cierre a los planes con ITM Group para una terminal de cruceros. El TSJA no entra en esa cuestión.
La decisión no prejuzga el fondo del asunto, que sigue pendiente en Melilla; es decir, aún no se ha establecido si la actuación de la Ciudad Autónoma se ajustó o no a derecho por cuanto que esta primera resolución judicial en Andalucía solo supone el levantamiento de una medida cautelar, que había sido recurrida por la empresa de Fran Antón y Kiko Hernández. Contra la sentencia cabe recurso de casación en 30 días.








