Imagen: El Faro.
Uno de los puntos que más polvareda levantó en la sesión extraordinaria de este miércoles ha sido el punto número seis relativo a la nulidad de los artículos 27.2 y 30.5 del VIII Acuerdo Marco del Convenio Colectivo del funcionariado de Melilla. Unos artículos que en septiembre de este año fueron declarados nulos tras un dictamen el Consejo de Estado preceptivo y no vinculante.
Ahora, el Gobierno de la Ciudad debe encontrar un marco jurídico correcto para encajar unos artículos que amparan la paga del complemento productivo a los funcionarios de la Ciudad Autónoma.
En su intervención, la consejera de Administraciones Públicas, Marta Fernández de Castro explicó que el Tribunal de Cuentas reclamaba al Gobierno 2,5 millones de euros por la aplicación incorrecta de estos incentivos. “Nuestra intención es regular el marco jurídico para encajar estos artículos, pero no podemos meter en un cajón los problemas como hizo el anterior Gobierno”, alegó Marta Fernández de Castro.
Por su parte, el socialista Rafael Robles reiteró que “no es cierto que el anterior Gobierno haya metido los problemas en un cajón”.
Mientras el portavoz de Somos Melilla, Amín Azmani, explicó que “la decisión es preceptiva, pero no vinculante, lo que significa que no es obligatoria".
La consejera de Administración Pública quiso dejar claro que “el Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Estado y si emite un dictamen en el que afirma que ambos artículos no se ajusta al derecho nos ponemos a trabajar por y para que los empleados públicos puedan cobrar esos complementos que se les deben”, incidió Marta Fernández de Castro.
Finalmente, la moción fue aprobada con los votos a favor del PP, el diputado independiente Javier Da Costa y las abstenciones de PSOE, Vox, Somos Melilla y CpM.
Finalmente, la Asamblea dio luz verde a la nulidad de dos artículos del Acuerdo Marco relacionados con incentivos económicos por jubilación anticipada, y para el funcionariado que cumple 25 ó 35 años de trabajo.
Atribuciones que oscilan entre los 2.000, los 4.000 mil y los más de 12 mil euros por año anticipado.
El Consejo de Estado emite su juicio y opinión sobre los asuntos que le son consultados a través de dictámenes, siempre escritos. Pueden solicitarlos los titulares de los Departamentos ministeriales y de determinados organismos estatales (Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de la Competencia, etc.) y los presidentes de las Comunidades Autónomas.
Los dictámenes son la expresión solemne y formal del parecer jurídico cualificado del Consejo de Estado. Pese a no ser obligatorias sus decisiones no hay que olvidar que es el supremo órgano consultivo del Estado lo cual convierte sus recomendaciones en prácticamente preceptivas.
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