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Condenado un policía nacional por agredir a un detenido en la Comisaría de Melilla

Dos agentes lo sacaron de su celda y lo llevaron a una sala donde no había cámaras

El Tribunal Supremo condena a un año y seis meses de prisión a un agente de la Policía Nacional por agredir a un detenido que se encontraba en los calabozos de la Jefatura Superior de Melilla. El TS desestimó el recurso interpuesto por el agente después de que fuera condenado por la Audiencia Provincial de Málaga. Los sucesos ocurrieron del 27 de septiembre del 2012 en las dependencias de los calabozos de la Comisaría Provincial de Melilla cuando un detenido solicitó ir al baño mientras lanzaba improperios contra los agentes. Dos ellos sacaron de su celda al detenido y lo llevaron a una sala donde no había cámaras y donde uno de los agentes forcejeó con el detenido. En un momento dado, un policía lo arrojó al suelo para acto seguido propinarle una patada en la zona del vientre y otra en la zona ocular. Al agente le quedaron secuelas, que se curaron en cuatro días, el detenido tiene secuelas consistentes en afectación de nervios craneales y parálisis inferior hipo/anestesia rama maxilar.

Así pues, el agente ha sido condenado a un año y seis meses de prisión más accesorias de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio activo durante el tiempo de la condena, indemnización afectado en 1.800 euros y abono de la mitad de las costas procesales. La Justicia entiende que al concretarse en un año y seis meses sin sobrepasar la mitad inferior en ningún caso, deviene proporcionada e incluso moderada la condena, dada la especial gravedad del hecho por las referidas circunstancias que en ningún momento se tuvieron en consideración al tipificar las lesione y que estaba legalmente obligado a velar por la integridad física y respetar su dignidad del detenido. Además, el agente se encontraba en una situación de superioridad en la comisión del hecho delictivo. Circunstancias de hecho que no han sido tenidas en consideración para la calificación del delito, ni para la integración de circunstancias agravantes de la responsabilidad criminal, explican en la sentencia. El detenido a seis meses, se queda sin derecho a voto, a indemnizar a policía a 120 euros y a pagar al mita de los costes.

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