El magistrado del Foro Judicial Independiente, Fernando Germán Portillo, ha considerado que la sentencia del Tribunal Supremo que invalida el rechazo en frontera, también conocido como ‘devoluciones en caliente’, a los migrantes que intentan entrar a nado en Melilla y Ceuta puede haber generado "un cierto efecto de llamada". Sin embargo, ha rechazado que pueda atribuirse a los magistrados la responsabilidad directa de la crisis fronteriza en Melilla y Ceuta.
En declaraciones a El Faro, Portillo ha explicado que la resolución del Supremo establece que la devolución en caliente no puede aplicarse a los migrantes que llegan a nado a Melilla o Ceuta cuando no se han superado los elementos de contención previstos legalmente.
Esto no significa, ha aclarado, que las personas que acceden irregularmente al territorio por mar pasen automáticamente a encontrarse en una situación regular. La consecuencia es que, al no poder aplicarse el rechazo inmediato en frontera, debe acudirse al procedimiento ordinario de devolución previsto en la legislación.
"Es muy atrevido atribuir a la sentencia la responsabilidad de lo ocurrido".
En este sentido, ha recordado que previamente ya existía una resolución en primera instancia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta que fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Por ello, ha sostenido que la posibilidad de que el Supremo confirmara ese criterio era conocida con anterioridad.
El magistrado ha señalado que esa circunstancia debería haber permitido a las autoridades anticiparse y estudiar las posibles consecuencias, ya fuera mediante una modificación legislativa o mediante medidas destinadas a reforzar los mecanismos de contención.
"Si en marzo del año pasado ya estaba esto, el Gobierno ha tenido tiempo de sobra para reaccionar. Es cierto que esa sentencia no era firme, pero la inquietud ya estaba ahí. Además, la sentencia se publicó el 8 de julio y el salto masivo fue el 30 ¿En ese tiempo no había posibilidad de reaccionar como se ha reaccionado luego en 72 horas, colocando un elemento de contención en el agua?".
Según ha explicado, incluso los agentes de la Guardia Civil destinados en nuestra ciudad "conocían y seguían con atención" la evolución judicial de la cuestión en el TSJA.
Una sentencia no explica por sí sola una entrada masiva
Portillo ha reconocido que el efecto de llamada puede existir, pero considera "insuficiente" utilizarlo como explicación única para una entrada masiva de decenas de miles de personas en un periodo muy reducido.
Tal y como ha subrayado, detrás de un episodio de esas dimensiones deben contemplarse otros factores, entre ellos la coordinación previa, la difusión de mensajes a través de redes sociales y la actuación de las autoridades del país vecino.
En este último punto, ha atribuido una especial importancia al papel de Marruecos, sosteniendo que los movimientos masivos hacia las ciudades autónomas están estrechamente relacionados con la capacidad de Marruecos para controlar lo que ocurre en su propio territorio.
"Todos los que vivimos en Melilla sabemos que los saltos masivos en las ciudades autónomas se producen cuando Marruecos quiere que se produzcan. O mejor dicho, no se producen si Marruecos no quiere".
Según la visión de Portillo, la política mantenida durante los diferentes gobiernos democráticos con Marruecos respecto a Melilla y Ceuta ha terminado otorgando al país vecino un papel determinante en el control de los movimientos que se producen en las proximidades de las fronteras españolas y comunitarias. Una situación que, considera, ha condicionado la relación entre ambos países.
Por ello, el magistrado ha considerado que la respuesta debe analizarse desde una perspectiva más amplia.
"La resolución judicial establece una interpretación de la legislación y corresponde a las autoridades políticas y administrativas adoptar las medidas necesarias para responder a las consecuencias que pueda generar ese nuevo escenario".
En este sentido, Portillo ha sostenido que existió margen para actuar antes de que se produjera la entrada masiva, hablando de una eventual reforma de la legislación para aclarar expresamente el alcance de los elementos de contención en el mar, así como la adopción de medidas físicas destinadas a reforzar el control fronterizo.
La instalación posterior de estos elementos, ha apuntado, demostraría que existía capacidad de reacción en un plazo relativamente breve. Por ello, ha considerado que la cuestión no debería reducirse a responsabilizar a los tribunales por haber interpretado una norma, sino a analizar por qué no se adoptaron antes las medidas necesarias ante un escenario que, según su valoración, ya podía anticiparse.








