Opinión

‘AL HUDUD’: La frontera, mi resumen del informe ‘+ ESPAÑA, + EUROPA’

Lo primero de todo agradecer enormemente al eurodiputado Jordi Cañas su interés por encima de cualquier afiliación política –como debería ser siempre– en que Melilla y Ceuta sean visibles en los Órganos de la Unión Europea.
Aunque es complicado resumir el Informe de 121 páginas para los tres bloques propuestos para hacer de Melilla y Ceuta ‘+ España, + Europa’ he intentado resumir cada uno de ellos mostrando las ventajas e inconvenientes de cada una de las propuestas que se detallan en el mismo y mi opinión sobre las mismas. Análisis de la exclusión de Ceuta y Melilla del espacio Schengen
El informe destaca que “en caso de que Ceuta y Melilla decidieran adherirse al espacio Schengen, debería valorarse la posibilidad de mantener, al menos temporalmente, controles en sus fronteras interiores”. Por tanto, de suprimir la actual excepcionalidad, no exigir visado a los ciudadanos de Nador y Tetuán se mantendrían los controles en puerto y aeropuerto (art. 29 Reglamento (UE) 2016/399, de 9 de marzo de 2016) sobre todo por la cantidad de inmigrantes ilegales que continúan en Melilla y Ceuta –y los que presumiblemente van a seguir llegando– y no se les puede permitir continuar al resto del Territorio Schengen.
Al parecer, esta supresión de la excepcionalidad no es automática y no depende sólo de la voluntad de nuestros políticos locales ni del Gobierno de España, sino que este proceso, según detalla el informe de EY, no sería muy rápido y se iniciaría por la petición de modificación del Tratado Schengen al resto de los países miembros, pasando una primera evaluación de cumplimiento de las condiciones, su pase posterior al Parlamento Europeo y finalmente aprobado por el Consejo de Europa.
Una alternativa que no se ha plasmado en el Informe –aunque se ha barajado por algunas personas– sería acogernos al Reglamento CE 1931/2006 por el que se establecen normas relativas al tráfico fronterizo menor en las fronteras terrestres exteriores de los Estados miembros y que también implica el mantenimiento de ese segundo control en puerto y, pero estaríamos más ‘homologados’ al resto de los países europeos y ya no se nos podría considerar como algo extraño al acervo Schengen. Desconozco si el proceso para ello es el mismo o puede simultanearse con la opción anterior, pero me gusta esta alternativa con la condición que por parte de Marruecos se cambie de actitud y facilite la fluidez –sin perder efectividad– los controles de entrada y salida. El problema es que España debería garantizar a la UE que el tercer país interesado aplique el principio de reciprocidad y conceda un trato equivalente a los ciudadanos de la UE que deseen acceder a su zona fronteriza. Y ya sabemos cómo se las gasta Marruecos respecto a las ciudades de Ceuta y Melilla, que nos sigue considerando ‘ciudades ocupadas’.
Independientemente de ello, ya estamos tardando en pedir la llegada de FRONTEX a nuestras ciudades para defender la frontera exterior de la UE y controlar la inmigración ilegal que son las funciones para las que se creó esta Agencia Europea en 2004. Eso sí, la comisaria europea ya ha dicho que ese coste lo tiene que asumir España. Con ello, seremos más Europa de inmediato. Sobre la integración de Melilla y Ceuta en el Territorio Aduanero Común (TAU)
Empieza el informe con una extensa y bien documentada legislación sobre la Unión Aduanera y la propia de los Territorios Francos de Melilla y Ceuta, lo relativo a las normas de origen para ambas ciudades y la imposición indirecta de ambas ciudades y sus diferencias con la del IVA aplicable en resto de España salvo Canarias. Me sorprende que el Informe contradiga lo expuesto en la Jornada 10-B Lanzamiento del Plan Estratégico 2020-2029 por uno de los ponentes de este Informe que se manifestó partidario de mantener la actual situación aduanera de Melilla profundizando en el análisis de las actuales reglas de origen para ver qué productos no tienen aranceles o son bajos a su entrada posterior en el TAC. Hay un comentario en el Informe que también quiero destacar: “el sistema actual de Ceuta y Melilla podría otorgar determinadas ventajas competitivas”.
A mi juicio pocas ventajas ofrece el informe sobre la posible entrada en la Unión Aduanera, salvo la eliminación de ciertos controles para-aduaneros (sanitarios o fitopatológicos) en el comercio de bienes desde Melilla y Ceuta con los países del TAC algo que, como todos sabemos, no es lo normal ya que no recolectamos, fabricamos o transformamos productos de origen animal o vegetal para consumo humano. Las otras ventajas que enumera, las matiza de tal forma que dejan de ser ventajas. Por ejemplo, la no necesaria renuncia al IPSI requiere una armonización al IVA, se suprimirían controles para aduaneros pero al mantener el IPSI habría que seguir pasando por la aduana para liquidar el IVA o el IPSI a la importación, la supresión de la condición de Territorio Franco conlleva la aplicación de aranceles con el consiguiente incremento de costes, la ventaja de la mejora de la competitividad tendría escasa relevancia en el comercio de ambas ciudades respecto del comercio de la UE pues la proporción entre comercio de export/import es muy desfavorable a la exportaciones desde Melilla como de 1 a 5
Sin embargo, las desventajas e inconvenientes de entrar en la Unión Aduanera detalladas en el punto 2.3.2 del Informe son: incrementos de costes por aplicación de aranceles y el resto de la política comercial común, incremento de precios, mantenimiento de los despachos de aduana e incremento de controles para aduaneros en la importación de mercancía que no tenga como finalidad su uso para consumo humano. Todo ello resume que la entrada en el TAC puede suponer una menor agilidad en los procesos de importación, una ralentización de la cadena de suministro que puede derivar en un incremento de los costes y un consecuente encarecimiento del producto para el consumidor. Como se ve, más desventajas y pocas ventajas.
Ofrece la posibilidad, eso sí, de cambiar actual condición de Territorio Franco por la de una Zona Económica Especial. Quizás no sea la panacea a nuestros males, pero puede ser un instrumento para atraer inversiones productivas a nuestra ciudad. Además, no es incompatible con nuestra entrada o no en el TAC y seríamos ‘más Europa’ al ser una figura existente en toda la Unión Europea.
También, aunque de pasada, hay una velada crítica al actual IPSI (como impuesto ‘en cascada’ muy parecido al antiguo IGTE) al ser un impuesto monofásico y que se debería adaptar a las normas del ICGI o el IVA que son plurifásicos permitiendo la deducción del IPSI soportado. Yo apostaría por esta armonización, aunque decidamos no entrar en el Territorio Aduanero Común.
También –como se ha comentado en la presentación– si se creara por la AEAT una especie de ‘ventanilla única’ posibilitaría que la declaración presentada en la aduana de salida sirva como declaración en la de llegada siempre que el transporte sea directo entre ambas dependencias aduaneras españolas. Previamente, sería necesario un acuerdo similar al que tiene Canarias con la AEAT para tramitar conjuntamente a través del VEXCAN la declaración aduanera y la liquidación de los impuestos canarios, en nuestro caso, el IPSI en el caso de las importaciones.
Yo añadiría que se debería consultar con la AEAT la posibilidad de aplicar las normas del Código Aduanero de la Unión (CAU) -de forma interna- a los intercambios comerciales entre Ceuta y Melilla con el resto de España con todas ventajas que ello supondría en cuanto a los regímenes especiales, la simplificación en los trámites, y, sobre todo, la seguridad jurídica pues en la práctica –por remisión– se viene aplicando la mayoría de sus normas a las operaciones de importación y exportación en ambas ciudades. Todo lo que sea agilizar los trámites aduaneros es bueno para los melillenses, pero no debemos olvidar que nuestro gran problema es solucionar el coste de los transportes de las mercancías y con el proyecto de RD para la bonificación al transporte de mercancías no se consigue.
En cuanto al procedimiento de solicitar la inclusión en el TAC, dos apuntes. Uno bueno y es que la decisión de integrarnos depende solo de España, se tarde más o menos en que sea efectiva. La mala, es que tal decisión sería irreversible. O sea que si nos equivocamos al elegirla y se acepta la petición por la Comunidad ya no hay marcha atrás. Y a ver quién es el ‘guapo’ que se atreve a pedirla sin que nada ni nadie pueda garantizar que se va a mantener el actual régimen de imposición indirecta (sucesiones y donaciones), impuestos especiales sobre labores de tabaco y alcoholes y, mucho más importante, el de las bonificaciones fiscales en los impuestos directos (IRPF, ISS) o en las cuotas de los seguros sociales. Recuerdo que Canarias ni las tenía antes de su entrada en el TAC ni las tiene ahora, aunque algunos aficionados a las tertulias no lo quieran saber. El mismo ponente que intervino en el Plan Estratégico, dijo que “si él fuera residente en la ciudad no querría perder los beneficios fiscales que disfrutamos en Melilla y Ceuta”. Melilla y Ceuta en las Instituciones europeas y la inclusión como Región Ultraperiférica (RUP).
En la sesión de la Conferencia sobre el Futuro de Europa (COFOE) celebrada en Sevilla el pasado año se dejó patente la posibilidad y necesidad de que ambas ciudades tuviesen un puesto en la Conferencia para Asuntos Relacionados con la Unión Europea (CARUE) y que actualmente no tenemos. Hay bastantes posibilidades de que se incremente la representación española tras la salida del Reino Unido de la UE y que en el Senado se nos pudiera adjudicar una de esas nuevas vocalías que se asignen a España, aunque tuviera que ser compartida con Ceuta.
Una de las propuestas finales de dicha COFOE fue la creación de un segundo comité representativo de los poderes locales separado del Comité de las Regiones. Esto permitiría dar encaje a la ausencia de representatividad a nivel europeo de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, dejando a los poderes locales su participación dentro del nuevo comité. Personalmente, me inclino por la opción de que el Senado nos adjudique una vocalía en la CARUE y no en este ‘segundo’ y aún no creado comité. Que debemos solicitar nuestra presencia en el Comité de las Regiones y demás instituciones está claro y que igualmente debemos aprovechar todas las representaciones e instituciones españolas en la UE que tenemos a nuestra disposición.
La posibilidad de ser consideradas como RUP está claro que tendría muchas ventajas, pero también puede tener sus inconvenientes y dificultades. Aunque creo que no es preceptivo, las nueve RUP están incluidas en el Territorio Aduanero, aunque solo dos de ellas en el Territorio de Aplicación del IVA y una en la Directiva de Impuestos Especiales. Para que no se aplique alguna de estas directivas comunitarias (Aduana, IVA e IIEE) se requiere que el Consejo acceda a tal demanda con arreglo a lo establecido en el artículo 349 del TFUE. Si se ha concedido esa excepción a varias de las nueve RUP en dos de las directivas mencionadas también se puede solicitar y obtener para Melilla y Ceuta la relativa a las normas aduaneras que, como ya comenté antes, se podrían aplicar en Melilla sin necesidad de entrar en la Unión Aduanera y si se armoniza el IPSI con el IVA.
Quizás el mayor escollo sea que no somos ‘islas’ en el sentido estricto de su definición, aunque tampoco la Guayana Francesa lo es y, sin embargo, es una de las nueve RUP. Eso sí, la distancia de todas ellas respecto al continente europeo es mucho mayor que las de Ceuta (14 km) o Melilla (130 km) lo cual desvirtúa uno de las características definitorias de estas regiones aunque cumplimos las otras circunstancias especiales, las relativas a lo social y lo económico: altas cifras de desempleo, alta dependencia del sector público, falta de recursos naturales y de industria, alto índice de fracaso escolar y de población en riesgo de pobreza, bajísima renta por habitante y PIB per cápita, etc. todos ellos muy alejados de la media nacional y aún más de la media de la UE.
Parece ser que el procedimiento de incluir a ambas ciudades dentro de esta categoría es bastante complicado y requiere de modificaciones incluso del propio Tratado Fundacional de la Unión Europea, en concreto, el art. 349 que fija las características de insularidad, gran lejanía o clima adverso que no cumplen ni Ceuta ni Melilla. A pesar de las dificultades deberíamos intentarlo y si no fuera posible, quizás deberíamos buscar una figura ‘ex novo’ dentro de la UE que nos asimile a las RUP y tener sus mismas ventajas si es que finalmente no podemos ser considerados como tales. Esta alternativa puede encontrar su fundamento en el art. artículo 174 del TFUE que se refiere a “las regiones que padecen desventajas naturales o demográficas graves y permanentes como, por ejemplo, las regiones más septentrionales con una escasa densidad de población y las regiones insulares, transfronterizas y de montaña”. Recordemos que nuestra ‘insularidad’ la tenemos reconocida por el Reglamento (CEE) n.º 3577/1992 del Consejo (art.2.1.c), confirmado en este aspecto por el TJUE (Asunto C-288/02) ya que equipara insularidad a “imposibilidad de comunicación terrestre con el continente europeo”.
Por tanto, de acuerdo en solicitar la inclusión como Región Ultraperiférica y con entrar en la Conferencia para Asuntos Relacionados con la Unión Europea (CARUE) y otras instituciones y organismos porque seríamos “más Europa”. De acuerdo también en cambiar la actual excepcionalidad de Schengen –si así lo decidimos– por la aplicación del Reglamento 1931/2006 relativas al tráfico fronterizo menor en las fronteras terrestres exteriores de los Estados miembros y la llegada de Frontex con lo que seríamos ‘más Europa’. Pero no estoy de acuerdo con solicitar la entrada en la Unión Aduanera pues hay más ventajas que inconvenientes y pienso que ello ‘per se’ no implicaría ser ‘ni más España, ni más Europa’.

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