El sindicato SATE-STEs informó ayer sobre una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que dictó una sentencia favorable en el recurso de profesora que ha sido asesorada por sus servicios jurídicos, y donde se obliga al Ministerio de Educación (MEC) a devolver a la afectada los haberes que se le dedujeron indebidamente en una actuación que el Gobierno central consideró como una falta injustificada.
Los hechos se remontan al año 2006 cuando las instalaciones de la Escuela Oficial de Idiomas sufrieron unas inundaciones que dejaron en muy mal estado las aulas y la biblioteca de la institución. En este sentido, uno de los responsables de este sindicato, Higinio Rodríguez, indicó que los profesores trabajaron en condiciones” insalubres que llevaron al alumnado a negarse a recibir clases”, y como ejemplo remarcó los malos olores, las humedades, los mohos, y la falta de fluido eléctrico y luz.
Condiciones insalubres
Así, desde el sindicato se afirmó que a pesar de estas condiciones y de un escrito de la Dirección de la Escuela Oficial de Idiomas en el que se afirmaba que trabajar allí era “inoperativo por el funcionamiento del centro” y a pesar de la presencia efectiva del profesorado en las aulas, la Dirección Provincial consideró que dicho profesorado faltó a su trabajo injustificadamente. También añadió Rodríquez que en el documento de la Dirección se explicaba que tanto alumnos como profesores se negaron a dar clase.
Además, la Dirección Provincial instó a la Inspección General de Servicios a abrir diligencias previas para incoar un expediente administrativo, aunque se dictaminó que tanto las condiciones del centro como la falta de fluido eléctrico hicieron inviable el desarrollo de las clases en las aulas asignadas, más aún dado el horario de tarde en el que se imparten las clases de la Escuela Oficial de Idiomas.
“A pesar de tan categóricas afirmaciones por parte de la Inspección de Servicios, la Dirección Provincial de Melilla se mantuvo en su tan incomprensible como intransigente postura en los informes remitidos por ésta para la resolución del recurso de alzada de la afectada”, argumentó el delegado del sindicato.
Aunque con cinco años de tardanza, según comentó, Rodríguez, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid “ha tenido que poner a cada uno en su sitio y reconocer y hacer reconocer a la Dirección Provincial que la afectada no sólo no faltó injustificadamente a su puesto de trabajo sino que ni siquiera faltó, así como devolverle los haberes tan injustamente retenidos”.
No responsabilidad
SATE-STEs lamentó que la Dirección Provincial, que entonces estaba a cargo de Juan José Murillo, “quien debería haber velado por el correcto funcionamiento del centro, intentara ocultar sus vergüenzas descargando su responsabilidad sobre los elementos más expuestos y vulnerables del sistema, como son el profesorado en lo que cabe interpretar como una muestra de abuso de poder que esperemos no se vuelva a repetir”.