Un hombre podría ser condenado a once meses de prisión como supuesto autor de un delito de violencia de género. Según se describía en el escrito de la Fiscalía, al que pudo tener acceso El Faro, el acusado y su mujer iniciaron una discusión a consecuencia de un préstamo que les hizo un familiar. “En el transcurso de la misma, con clara intención de menoscabar la integridad física de la víctima, la agarró fuertemente del brazo y la tiró contra la pared”, mantiene la acusación en su informe.
Por estos hechos, que habrían tenido lugar el pasado 15 de octubre, sobre las 12:00 horas, en una vivienda del barrio del Real, la fiscal del caso también solicita que el procesado no pueda acercarse a su mujer a menos de 200 metros por un plazo de un año y once meses.
Esta supuesta agresión fue enjuiciada el miércoles en el Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla. El acusado se acogió a su derecho a no declarar en su contra.
No declara en contra de él
La víctima también decidió no testificar en la vista en contra de su marido, ya que así se lo permitía el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el que se contempla la dispensa a declarar cuando el testigo ha mantenido una relación sentimental con la persona enjuiciada o se trata de un familiar.
La prima de la mujer, que fue testigo de los hechos, señaló en reiteradas en el juicio que no quería testificar. Lo hizo a través de un intérprete, ya que no entendía el castellano. “Dígale que es su obligación, tiene que declarar”, manifestó la juez en respuesta.
La familiar insistió en que no quería contar lo que presenció porque la pareja quería perdonarse, pero no tenía otra opción que decir la verdad porque, de lo contrario, se le podría acusar de un delito de falso testimonio, condenado con penas de hasta tres años de prisión.
Entonces, la prima explicó que en el domicilio se inició una discusión a raíz de un préstamo que ella dejó al matrimonio. Según expuso, el marido le insistía a la mujer para que se hiciera cargo del pago, pero ella le respondía que no podía porque todavía no había cobrado. El hombre le dijo, siempre según la versión que ofreció la testigo, que se marchara a Marruecos para conseguir el dinero.
La fiscal del caso preguntó a la familiar si vio cómo el encausado agarró fuertemente del brazo a la mujer, la tiró contra la pared y la golpeó contra una vitrima. La testigo reiteró nuevamente que no quería responder y señaló que el abogado particular de su prima le había indicado que no tendría por qué testificar, a lo que la magistrada le sacó de su error. “¿Lo ha visto o no?”, le insistió la fiscal, a lo que la mujer acabó respondiendo que sí. “No hay más preguntas, señoría”, zanjó la parte de la acusación.
El abogado particular, por su parte, decidió retirarse del caso, ya que la víctima se había acogido a su derecho a no testificar. La defensa del procesado solicitó que su cliente fuera absuelto porque, a su parecer, no se acreditaron los hechos que se le imputaban.
La fiscal, en cambio, reclamó que fuera condenado y que, además de cumplir la pena de prisión y la orden de alejamiento, indemnizase a la víctima con 120 euros por las lesiones que sufrió en el brazo y en la frente a causa del golpe.
En su derecho a la última palabra, el encausado defendió que no hizo nada de lo que se le acusa. “Yo siempre he tratado a mi mujer como una reina”, dijo.
El caso quedó visto por la magistrada del Penal 2 para el dictado de una sentencia.