Un juzgado reconoce el derecho de los musulmanes a tener parcelas en cementerios municipales

El juez de Cartagena ha reconocido el derecho de la comunidad musulmana de enterrar a sus seres queridos conforme a sus ritos religiosos

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Cartagena (Murcia) ha reconocido el derecho de la comunidad musulmana a disponer de parcelas en el cementerio municipal para enterrar a sus seres queridos conforme a sus ritos religiosos.

La resolución judicial estima el recurso presentado por la Comunidad Islámica AFAMUCA de Cartagena contra la inactividad del ayuntamiento de esa ciudad, que no respondió a su solicitud sobre este extremo presentada en octubre de 2024.

El fallo considera que esta omisión vulnera el derecho fundamental a la libertad religiosa, consagrado en el artículo 16 de la Constitución Española.

Y añade que “el silencio de la Administración a su solicitud implica no solo no reconocerle una serie de parcelas en el cementerio municipal, sino que no puedan recibir sepultura con arreglo a los ritos de su creencia religiosa”.

La sentencia subraya que el ayuntamiento está obligado por la ley que aprueba el acuerdo de cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España a conceder parcelas en los cementerios municipales para enterramientos islámicos, y no puede condicionar este derecho a futuras ampliaciones del cementerio o a la construcción de nuevos espacios por iniciativa privada.

“Si las personas que profesan el islam tuvieran que esperar a que se ampliara el cementerio municipal o a que se construyera el cementerio islámico por iniciativa privada, en una parcela colindante al cementerio municipal, es evidente que se estaría infringiendo la ley”, añade la sentencia.

Por ello, el juez ha ordenado al consistorio aplicar la legislación vigente y proceder a la concesión de una zona adecuada en el cementerio municipal. También ha impuesto al ayuntamiento la obligación del pago de las costas, que se limita a 300 euros.

Sentencia de Algeciras

En este caso se obra en consonancia con una demanda similar ocurrida en Algeciras, donde el juez también falló en este mismo sentido.

"Hacemos nuestros la práctica totalidad de los razonamientos contenidos en la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Algeciras de marzo de 2025, que resuelve un supuesto sustancialmente idéntico al presente. Y en consecuencia, condeno al Ayuntamiento de Cartagena a que haga efectiva la aplicación de la legislación vigente en materia de Policía sanitaria mortuoria y se proceda a la concesión de una zona con suficientes parcelas en el cementerio municipal destinada al enterramiento de personas fallecidas de fe musulmana conforme a los preceptos funerarios islámicos que así lo soliciten”, expresa la sentencia de Cartagena.

Una sentencia que abre el camino para que los más de dos millones de musulmanes que viven en España soliciten a los ayuntamientos tanto las parcelas como el reconocimiento de su derecho de celebrar el rito que marque su propia religión.

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