• Contacto
  • Barcos
  • Portal del suscriptor
jueves 15 de octubre de 2026   - 06:24 CEST
El Faro de Melilla
  • Sucesos
  • Frontera
  • Tribunales
  • Sociedad
  • Cultura
  • Educación
  • Política
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
Sin resultados
Ver todos los resultados
El Faro de Melilla
  • Sucesos
  • Frontera
  • Tribunales
  • Sociedad
  • Cultura
  • Educación
  • Política
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
Sin resultados
Ver todos los resultados
El Faro de Melilla
Sin resultados
Ver todos los resultados
Inicio Noticias

El Tribunal Supremo establece que exigir el visado a los menores de Nador para su empadronamiento en Melilla es discriminatorio

Considera que el padrón no es la vía para controlar la inmigración ilegal

Por Redacción El Faro
10/04/2023 10:54 CEST
El Tribunal Supremo establece que exigir el visado a los menores de Nador para su empadronamiento en Melilla es discriminatorio
Cáritas Española alegaba en su recurso que el empadronamiento constituye un requisito necesario para acceder a servicios básicos esenciales que se encuentran íntimamente vinculados con el ejercicio y disfrute de derechos fundamentales.
Cáritas Española alegaba en su recurso que el empadronamiento constituye un requisito necesario para acceder a servicios básicos esenciales que se encuentran íntimamente vinculados con el ejercicio y disfrute de derechos fundamentales.
Compartir en WhatsappCompartir en FacebookCompartir en Twitter

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha anulado un acuerdo del Consejo de Gobierno de Melilla, aprobado el 13 de mayo de 2019, que establecía la exigencia de visado a los menores procedentes de Nador (Marruecos) para hacer efectivo su empadronamiento en esta ciudad autónoma.

La Sala considera que el acuerdo “carece de cobertura legal y constituye un trato discriminatorio” tanto en relación con los menores españoles como respecto de menores extranjeros de otras procedencias.

El tribunal estima un recurso de casación de Cáritas Española contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que ratificó dicho acuerdo, que fijaba “las instrucciones para la gestión del padrón municipal de habitantes de Melilla”. El último apartado de esta instrucción precisaba la exigencia de visado para el empadronamiento de los menores de edad no emancipados procedentes de Nador.

Cáritas Española alegaba en su recurso que el empadronamiento constituye un requisito necesario para acceder a servicios básicos esenciales que se encuentran íntimamente vinculados con el ejercicio y disfrute de derechos fundamentales tales como la educación o servicios sanitarios y asistenciales. La recurrente defendía que no se pueden establecer requisitos discriminatorios para acceder a esos derechos por parte de menores de edad y que esta exigencia suponía una vulneración de los derechos fundamentales a la educación e integridad física.

En su sentencia, la Sala de lo Contencioso considera que, al afectar a menores de edad, hay dos normas prioritarias a la Ley de Bases de Régimen Local como son la Convención de Derechos del Niño y la Ley Orgánica de Protección de Jurídica del Menor, que priorizan el interés superior del menor y reconocen el derecho a la educación, asistencia sanitaria y servicios y prestaciones sociales básicas a los menores extranjeros que se encuentren en España.

La sentencia, ponencia de la magistrada Celsa Pico, señala que “dada tal regulación, no cabe entender que unas instrucciones para la gestión del padrón municipal en un municipio concreto puedan innovar el ordenamiento jurídico que ha de examinarse en su totalidad teniendo en cuenta esencialmente, en este caso, la Convención de los Derechos del Niño”.

La Sala concluye, además, que el padrón “no es el instrumento para controlar las estancias irregulares por lo que si de su inscripción se desprenden derechos para los menores de edad no cabe imponer exigencias no previstas por la Ley Orgánica que los protege”.

Por esa razón estima el recurso de casación de Cáritas Española y anula el acuerdo del Consejo de Gobierno de Melilla en lo relativo a la exigencia de visado a los menores domiciliados en Nador.

Etiquetas: menoresNoticias de Melilla

Contenido relacionado

La Intendencia militar celebra la festividad de Santa Teresa de Jesús
Cáritas Española alegaba en su recurso que el empadronamiento constituye un requisito necesario para acceder a servicios básicos esenciales que se encuentran íntimamente vinculados con el ejercicio y disfrute de derechos fundamentales.

La Intendencia militar celebra la festividad de Santa Teresa de Jesús

hace 2 horas
Sánchez apela en Europa a la “relación constructiva” con Marruecos
Cáritas Española alegaba en su recurso que el empadronamiento constituye un requisito necesario para acceder a servicios básicos esenciales que se encuentran íntimamente vinculados con el ejercicio y disfrute de derechos fundamentales.

Sánchez apela en Europa a la “relación constructiva” con Marruecos

hace 4 horas
Exministro de Defensa advierte de que el peligro para España “viene del sur”
Cáritas Española alegaba en su recurso que el empadronamiento constituye un requisito necesario para acceder a servicios básicos esenciales que se encuentran íntimamente vinculados con el ejercicio y disfrute de derechos fundamentales.

Exministro de Defensa advierte de que el peligro para España “viene del sur”

hace 4 horas
Los Reyes completan su recorrido por el mapa autonómico con la histórica visita a Melilla
Cáritas Española alegaba en su recurso que el empadronamiento constituye un requisito necesario para acceder a servicios básicos esenciales que se encuentran íntimamente vinculados con el ejercicio y disfrute de derechos fundamentales.

Los Reyes completan su recorrido por el mapa autonómico con la histórica visita a Melilla

hace 4 horas
Nuevos cursos gratuitos del SEPE sobre calidad y competencias digitales
Cáritas Española alegaba en su recurso que el empadronamiento constituye un requisito necesario para acceder a servicios básicos esenciales que se encuentran íntimamente vinculados con el ejercicio y disfrute de derechos fundamentales.

Nuevos cursos gratuitos del SEPE sobre calidad y competencias digitales

hace 4 horas
Tasende pide la recuperación del Parque Lobera “cuanto antes”
Cáritas Española alegaba en su recurso que el empadronamiento constituye un requisito necesario para acceder a servicios básicos esenciales que se encuentran íntimamente vinculados con el ejercicio y disfrute de derechos fundamentales.

Tasende pide la recuperación del Parque Lobera “cuanto antes”

hace 4 horas

Lo más visto

  • Galería de Fotos en el CEIP Eduardo Morillas
    Cáritas Española alegaba en su recurso que el empadronamiento constituye un requisito necesario para acceder a servicios básicos esenciales que se encuentran íntimamente vinculados con el ejercicio y disfrute de derechos fundamentales.

    Galería de Fotos en el CEIP Eduardo Morillas

    0 compartidos
    Compartir 0 Tuitear 0
  • Trasladan en avión a Málaga a una menor con graves quemaduras

    0 compartidos
    Compartir 0 Tuitear 0
  • La ilusión de los más pequeños protagoniza la visita de los Reyes al CEIP Pintor Eduardo Morillas

    0 compartidos
    Compartir 0 Tuitear 0
  • Abrazos, nervios y orgullo en el Eduardo Morillas tras la visita de los Reyes

    0 compartidos
    Compartir 0 Tuitear 0
  • Galería de Fotos de la visita de los Reyes (VIII)

    0 compartidos
    Compartir 0 Tuitear 0
  • Medio auditado por   
  • Contacto
  • Aviso legal
  • Términos de uso
  • Política de privacidad
  • Política de Cookies

Grupo Faro © 2026

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Sucesos
  • Frontera
  • Tribunales
  • Sociedad
  • Cultura
  • Educación
  • Política
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión

Grupo Faro © 2026