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El Supremo reconoce la deducción fiscal por tiempo de residencia en Melilla y Ceuta

La sentencia supone que si el contribuyente reside un mes en las ciudades autónomas la deducción se podrá realizar por ese mes

por Redacción El Faro
19/10/2020 11:28 CEST
El Supremo reconoce la deducción fiscal por tiempo de residencia en Melilla y Ceuta

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El Tribunal Supremo, a través de una sentencia que crea jurisprudencia, ha reconocido la deducción fiscal a la que tienen derecho los trabajadores en proporción al tiempo de residencia en las ciudades autónomas Ceuta y Melilla.

En un comunicado, la asociación Afectados por Hacienda (AxH) ha explicado que la sentencia supone que si el contribuyente reside un mes en las ciudades autónomas la deducción se podrá realizar por ese mes.

La asociación ha reconocido que el pasado 26 de septiembre de 2018 la abogada del Estado y Secretaria del Tribunal Económico Administrativo Local de Ceuta y Melilla anunciaba que había recurrido en casación ante el Tribunal Supremo una de las sentencias favorables obtenidas desde AxH.

Concretamente, una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que daba la razón a un funcionario de prisiones en cuanto a la posibilidad de deducirse su residencia en Melilla durante los primeros meses en que permaneció en esa Ciudad Autónoma, siendo trasladado posteriormente a la península.

La Agencia Tributaria exigía al contribuyente haber permanecido en la ciudad al menos 183 días para tener derecho a la deducción por residencia.

La asociación ha detallado que el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado "se ha vuelto en su contra" dictaminando la sección segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo una "importantísima sentencia" que afecta a todos los residentes en Ceuta y Melilla.

La sentencia, que crea jurisprudencia y establece los criterios en que deben ser interpretada la residencia en Ceuta y Melilla para tener derecho a la correspondiente deducción, reconoce el derecho a la deducción proporcional por los rendimientos obtenidos en Ceuta y Melilla en virtud del artículo 68.4 de la Ley de IRPF.

Dicho de otra forma, si un contribuyente reside un mes la deducción se podrá realizar por ese mes.

La asociación se ofrece para recibir las demandas de los afectados que se encuentren en situaciones de desamparo y que no sepan cómo actuar o como defenderse ante estos hechos.

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Comments 1

  1. Pablo comentó:
    hace 5 años

    Yo he contactado con la asociación pero no me han atendido quizás es demasado pronto.
    Es posible revertir una sanción tributaria de 500€ por ese motivo y la devolución de los 1000€ pagados en 2018 por una caso similar?

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