Educación

Así es la nueva normativa para la ESO que quiere reducir el abandono escolar

El real decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros se centra en la orientación académica y la inclusión educativa.

A través de un Boletín Oficial del Estado se ha publicado este miércoles el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, del Ministerio de Educación y Formación Profesional, aprobado por el Consejo de Ministros y por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO).

Lo dispuesto en este real decreto -que ofrece especial importancia a la orientación académica y la inclusión educativa para identificar y prevenir el abandono temprano de la educación y facilitar la consecución de los objetivos de la etapa a todo el alumnado-, empezará a implantarse para la ESO en los cursos primero y tercero en 2022-2023, y en segundo y cuarto, el curso siguiente.

Hay que recordar que la finalidad de la ESO es lograr que los alumnos adquieran los elementos básicos de la cultura, especialmente en lo humanístico, artístico, científico-tecnológico y motor; que desarrollen y consoliden los hábitos de estudio, de trabajo y de vida saludables; y que se preparen para incorporarse a estudios posteriores o al mercado laboral, capaces de ejercer sus derechos y obligaciones como ciudadanos.

Por ende, la nueva ordenación establece los principios pedagógicos que deben orientar las propuestas de los centros, a través, por ejemplo, de la recuperación de los programas de diversificación curricular y la reorganización de los ciclos formativos de grado básico.

Así, se le dará un peso específico a la orientación académica ya que los alumnos recibirán, al finalizar el segundo curso, un consejo orientador que incluirá un informe sobre el grado de consecución de los objetivos y de la adquisición de competencias, así como una propuesta para continuar su formación. Al terminar la etapa, obtendrán un nuevo consejo que les ayudará a tomar decisiones en su itinerario formativo.

Asimismo, el decreto modifica la ordenación y la organización, que en los tres primeros cursos tendrá como materias Biología y Geología; Educación Física; Educación Plástica, Visual y Audiovisual; Física y Química; Geografía e Historia; Lengua Castellana y Literatura y, de haberla, Lengua Cooficial y Literatura; Lengua Extranjera; Matemáticas; Música; y Tecnología y Digitalización. A éstas se podrá añadir una segunda lengua extranjera.

Mientras, en el cuarto y último curso de ESO, que tendrá carácter de orientación de cara a los estudios postobligatorios o a la inserción laboral, las materias obligatorias y comunes a todo el alumnado serán Educación Física; Geografía e Historia; Lengua Castellana y Literatura y, de haberla, Lengua Cooficial y Literatura; Lengua Extranjera; y Matemáticas.

Además, deberán elegir tres materias más entre Biología y Geología; Digitalización; Economía y Emprendimiento; Expresión Artística; Física y Química; Formación y Orientación Personal y Profesional; Latín; Música; Tecnología; y una segunda lengua extranjera. Como novedad, aparece la posibilidad de ofrecer materias optativas que podrán configurarse como un trabajo monográfico o un proyecto de colaboración con servicios a la comunidad.

Del mismo modo, la materia de Educación en Valores Cívicos y Éticos deberá programarse para todo el alumnado en alguno de los cuatro cursos.

A partir de las enseñanzas mínimas establecidas por el Gobierno en esta normativa, serán las comunidades autónomas las responsables de completar el currículo de esta etapa. Así, los centros educativos y el profesorado adaptarán las enseñanzas a los alumnos que conforman sus grupos.

En tanto, la evaluación será "continua, formativa e integradora" y se basará en el grado de desarrollo de las competencias. Por tanto, las decisiones sobre la promoción del alumnado serán colegiadas por el equipo docente, según el grado de consecución de los objetivos.

Por último, el texto prevé que los centros lleven a cabo en el segundo curso de ESO una evaluación de diagnóstico para valorar las competencias adquiridas por su alumnado. El mismo tendrá carácter informativo, formativo y orientador, y será responsabilidad de las administraciones educativas.

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