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La Policía Nacional recuerda la obligatoriedad de la autorización de viaje para menores que salgan de España sin sus progenitores

El documento debe tramitarse en las dependencias policiales, requiere el consentimiento de ambos progenitores y solo es válido para las fechas y destinos indicados

La Policía Nacional ha vuelto a informar sobre la necesidad de disponer de una autorización de viaje para los menores españoles que residen en España y que vayan a abandonar el territorio nacional sin la compañía de su padre, madre o representante legal. Esta exigencia afecta tanto a los menores que viajen solos como a aquellos que lo hagan acompañados por otras personas distintas de sus progenitores o tutores.

La autorización no resulta necesaria cuando el menor realiza el desplazamiento junto a cualquiera de sus padres o tutores legales. Tampoco se exige a los menores que se encuentren legalmente emancipados y puedan acreditarlo, ni a los menores extranjeros, ya que en estos casos se aplica la normativa correspondiente a su país de origen. Asimismo, quedan excluidos de este trámite los menores españoles que tengan su residencia habitual fuera de España.

El permiso debe gestionarse en las Oficinas de Denuncias y Atención al Ciudadano de la Policía Nacional. Su finalidad es ser presentado en los controles fronterizos y no ante las compañías aéreas o las empresas encargadas del transporte.

La Policía Nacional recuerda que, cuando un menor viaje al extranjero sin la compañía de sus progenitores o tutores, la autorización es obligatoria con independencia de que el destino se encuentre dentro del Espacio Schengen o se trate de un tercer país.

Entre las cuestiones más habituales planteadas por las familias se encuentra la necesidad de que ambos progenitores acudan personalmente a la comisaría para realizar el trámite. Según se explica, no es indispensable la presencia de los dos, ya que basta con que comparezca uno de ellos. Sin embargo, sí es necesario contar con la autorización escrita de ambos progenitores, salvo que exista una resolución judicial que establezca una situación diferente. Esta circunstancia suele producirse en casos de separación o divorcio en los que la patria potestad continúa siendo compartida.

El documento de autorización debe incluir de forma precisa la información del menor, el documento con el que efectuará el viaje, los datos del progenitor que se presenta en la comisaría y los del segundo progenitor que presta su consentimiento. Además, es obligatorio reflejar el país o los países de destino y las fechas concretas del desplazamiento, ya que el permiso únicamente tiene validez para el periodo señalado y no puede utilizarse para otros viajes posteriores o distintos.

En determinadas situaciones, como los desplazamientos repetidos o las estancias prolongadas por estudios, competiciones deportivas o actividades organizadas por centros educativos, puede emitirse una autorización que abarque todo el periodo previsto. Para ello, estas circunstancias deberán quedar debidamente justificadas mediante la documentación correspondiente.

Cuando el menor viaje acompañado por terceras personas, ya sean familiares, profesores, entrenadores o responsables de un grupo, también será necesario incluir sus datos en la autorización. Además, el menor deberá llevar consigo su documento de identidad original y vigente junto al permiso en formato físico, ya que una imagen almacenada en un teléfono móvil no será considerada válida.

Por último, la Policía Nacional aconseja realizar este procedimiento con suficiente antelación, comprobar cuidadosamente toda la documentación y verificar que los datos coinciden exactamente con el viaje programado, puesto que cualquier error, omisión o fecha incorrecta puede ocasionar problemas en los controles fronterizos e incluso impedir la salida del menor del territorio nacional.

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