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La Junta Electoral de Zona valorará las circunstancias de Melilla para exigir o no el DNI si la Junta Central no lo hace

El juez Miguel Ángel García Gutiérrez defiende que la Ley Electoral no excluye el requisito de identificarse para emitir el voto, “lo que pasa es que se ha interpretado en otro sentido”.

por EFE
03/06/2023 10:50 CEST
La Junta Electoral de Zona valorará las circunstancias de Melilla para exigir o no el DNI si la Junta Central no lo hace

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La Junta Electoral de Zona de Melilla (JEZ) valorará las circunstancias que se puedan estar dando en la ciudad autónoma con el voto por correo para las elecciones generales del 23 de julio para exigir o no el DNI a los solicitantes para emitir el voto, al igual que ya hizo para el 28-M, si la Junta Electoral Central (JEC) no adopta esta medida.

A preguntas de los periodistas, el presidente de la JEZ de Melilla, Miguel Ángel García Gutiérrez, ha explicado que están a la espera de ver si la JEC se pronuncia al respecto “tras los incidentes que han ocurrido en varias localidades” de España con el voto por correo en las elecciones municipales.

“Parece ser que lo va a estudiar y se va a pronunciar sobre la exigencia de la identificación en el momento final” del proceso del voto por correo, ha explicado el juez, que ha avanzado que, si no lo exige, “habrá que hacer una valoración de las circunstancias que se vayan produciendo en Melilla para que la JEZ adopte o no esa decisión” y que sea confirmada, en su caso, por la JEC.

Así, ha informado de que la resolución que adoptó para las elecciones del 28-M decae con las elecciones generales del 23 de julio, por lo que sería necesario solicitar de nuevo la medida, ya que la JEZ la adoptó “sobre la base de unas circunstancias concurrentes” que justificaron la decisión, avalada posteriormente por la JEC.

Por el momento, ninguno de los partidos políticos de Melilla ha hecho ninguna petición en la dirección de exigir el DNI para votar por correo, ya que por ahora tampoco se ha presentado ninguna candidatura a las elecciones del 23 de julio, si bien PP y PSOE mostraron su intención de hacerlo en el momento que se pudiera solicitar.

Al presidente de la JEZ de Melilla no le cabe duda de que “es esencial y fundamental” que el solicitante del voto por correo se identifique en el momento final del proceso del voto por correo, esto es, “cuando el elector va a depositar su voto en Correos, que se desprende de él”, y “no tanto en el trámite inicial de la solicitud”, como sucede ahora.

Ha apuntado que opina esto “no desde ahora, que se ha puesto muy de moda, sino desde siempre”, porque desde que está en Melilla en el año 2006, “siempre se ha hablado de si ha existido compra de votos por correo tras un proceso electoral” y “siempre ha habido un procedimiento abierto en este sentido en los juzgados de instrucción”.

Miguel Ángel García cree que “está clarísimo” que un cambio de la Ley Electoral terminaría con este problema y, de hecho, ha reconocido que tenían la esperanza de que “este problema estuviera resuelto” para las elecciones generales si se hubiera mantenido la fecha de celebración inicialmente prevista.

Ello obligará a que sea la JEC la que deba “subsanar o cambiar su doctrina” en la interpretación de la Ley Electoral.

En este punto, ha subrayado que ya en el informe que elaboró para tomar esta medida el 28-M señaló que la Ley Electoral “no excluye la posibilidad de que sea el elector el que se identifique en Correos”, por lo que “no llevaría a cabo una interpretación contra la ley, sino que lo único que tendría que cambiar es la interpretación que hasta ahora ha venido manteniendo la JEC”.

En definitiva, ha insistido en que, desde su punto de vista, la Ley Electoral no excluye el requisito de identificarse para emitir el voto, “lo que pasa es que se ha interpretado en otro sentido”.

Tags: Junta Electoral de Zona

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