La Audiencia Nacional ha confirmado la condena de seis años y medio de prisión a dos hombres por delitos de enaltecimiento del terrorismo yihadista y adoctrinamiento de jóvenes en Melilla, según ha informado el Consejo General del Poder Judicial. El tribunal ratifica así la sentencia dictada previamente, al considerar acreditada su participación en actividades de difusión de ideología extremista.
De acuerdo con la resolución judicial, los condenados desarrollaron una actividad continuada centrada en la exaltación del terrorismo yihadista mediante la difusión de contenidos propagandísticos. Estos mensajes, distribuidos a través de distintos canales, estaban orientados a ensalzar organizaciones terroristas y reforzar postulados ideológicos vinculados a este ámbito.
El fallo recoge que ambos acusados no se limitaron a consumir este tipo de material, sino que participaron activamente en su elaboración y difusión. La Audiencia Nacional considera probado que desempeñaron un papel activo en tareas de captación y adoctrinamiento, dirigiendo sus actuaciones especialmente hacia jóvenes, a quienes trataban de influir mediante discursos de carácter radical.
Asimismo, la sentencia confirma la valoración de las pruebas realizada en la instancia anterior, al entender que los hechos han quedado suficientemente acreditados. En consecuencia, el tribunal desestima los recursos interpuestos por las defensas y mantiene tanto la calificación jurídica de los delitos como las penas impuestas.
La resolución subraya que las conductas analizadas no fueron hechos aislados, sino que respondían a una dinámica sostenida en el tiempo. Este elemento ha sido determinante para valorar la gravedad de los hechos y la intencionalidad de los condenados en la difusión de mensajes vinculados al terrorismo yihadista.
El tribunal también pone el foco en el riesgo que supone la propagación de este tipo de contenidos, especialmente por su capacidad para favorecer procesos de radicalización. En este sentido, destaca la especial vulnerabilidad de los jóvenes ante este tipo de mensajes, lo que refuerza la relevancia de perseguir penalmente estas conductas.
Este caso ya había sido objeto de atención informativa tras conocerse la condena inicial, en la que se recogían los hechos por los que ambos hombres fueron procesados en Melilla. Según se informó entonces, los acusados desarrollaban actividades de difusión de contenido yihadista y de captación de jóvenes en el entorno local. La confirmación por parte de la Audiencia Nacional consolida ahora esa decisión judicial, cerrando la vía de recurso en esta instancia.
Con esta resolución, el tribunal reafirma la respuesta judicial frente a actividades relacionadas con el terrorismo yihadista, en línea con la normativa vigente en materia de lucha contra este fenómeno. La decisión se enmarca en la actuación de los órganos judiciales para frenar la difusión de ideologías extremistas y evitar la captación y el adoctrinamiento de nuevos seguidores.
De este modo, la Audiencia Nacional mantiene íntegramente la pena impuesta y respalda los criterios fijados en la sentencia previa, consolidando la actuación judicial ante este tipo de delitos y su impacto en la sociedad y en la protección de la seguridad pública nacional.








