El Tribunal andaluz ratifica la anterior sentencia y determina que la actuación realizada en el 2003 por la Dirección Provincial del Ministerio, CCOO, UGT y CSIF fue “ilegal”.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado la razón a la formación sindical melillense SATE – STEs en relación a la demanda que presentó en el año 2003, en base a una actuación “ilegal” de otros sindicatos de la ciudad; UGT, CCOO y CSI – CSIF y de la Dirección Provincial del Ministerio de Educación para baremar los cursos de multiculturalidad impartidos en dicho año, y que perjudicaron a varios docentes de cara a acceder a un puesto de interino.
Así lo anunció a los medios de comunicación uno de los integrantes del Secretariado del sindicato, Higinio Rodríguez, quien, además de mostrar su satisfacción por la ratificación que ha hecho efectiva el TSJA sobre la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de Melilla, apuntó que también sería necesario establecer los perjuicios sufridos por los afectados en base al tiempo de experiencia laboral perdido por no haber accedido a una de esas plazas.
Según detalló el sindicalista, la actuación de las partes implicadas “era completamente anticonstitucional”, ya que se vulneró lo establecido en el Artículo 3.3 del baremo para docentes interinos a favor de promocionar un curso impartido por la UGT melillense en detrimento de cinco de similares características de SATE – STEs.
Un hecho que Rodríguez consideró aún más grave si tenemos en cuenta que la Dirección Provincial del Ministerio era consciente de que los cursos estaban completamente homologados por la Administración del Estado, por lo que calificó su decisión en aquel entonces de “absurda”. De igual manera, subrayó que la sentencia del TSJA también se hace eco de este hecho, remarcando que no se puede ir contra algo que el propio Ministerio dio por bueno con anterioridad.
“Se ha hecho justicia. Hubo personas que no pudieron acceder a un puesto de trabajo en su día y que deberían haber sido defendidas por sindicatos que les dieron la espalda”, añadió Rodríguez. “La sentencia establece que se revisen las puntuaciones y se restituya el salario que dejaron de percibir estas personas, por lo que ahora tendremos que pagarlo todos de nuestro bolsillo gracias a la incompetencia de otras formaciones”, apuntilló. Además, apuntó que los afectados, según tiene conocimiento el sindicato, son cinco personas.
Al hilo, apuntó que en el año 2005 la propia Dirección Provincial reconoció su error, pero que de haberlo hecho antes, los docentes podrían haber acumulado una experiencia laboral que ahora podría otorgarles mayor puntuación durante las convocatorias de la Oferta Pública de Empleo.
Así pues, celebró el dictamen del TSJA, pues considera que se ha hecho justicia contra una determinación “absurda” por parte del Ministerio, ya que además tampoco se homologaron en el 2003 cursos similares impartidos por el Centro de Profesores y que contaban con el beneplácito de Madrid.
Por último, aseguró que con la sentencia no se perjudica a las personas que en aquel entonces si accedieron a una plaza de interino. “Se nos ha dado la razón en algo que desde el principio consideramos que iba en contra del derecho y la Ley, y así lo ha ratificado tanto la Sala de lo Contencioso Administrativo de Melilla, como el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en sus respectivas sentencias”, concluyó.