La Comandancia de la Guardia Civil fue escenario de la venta de drogas entre 2021 y 2022
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena contra dos hombres por un delito contra la salud pública relacionado con la venta de cocaína en el interior de la Comandancia de la Guardia Civil de Melilla, si bien ha estimado parcialmente uno de los recursos y ha reducido una de las penas impuestas.
La sentencia, dictada el pasado 25 de marzo de 2026 por la Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal andaluz , revisa el fallo emitido en septiembre de 2024 por la Audiencia Provincial de Málaga con sede en Melilla. En aquella resolución se condenó a un guardia civil en situación de reserva y a otro acusado por su implicación en la distribución de cocaína, mientras que un tercer procesado fue absuelto.
Según recoge la resolución judicial, los hechos se desarrollaron entre finales de 2021 y los primeros meses de 2022, periodo en el que los condenados llevaron a cabo actividades de venta de droga “al menudeo” tanto en el interior de la Comandancia, especialmente en la cantina, como en sus inmediaciones. La sustancia era suministrada tanto a agentes en activo como a personas ajenas al cuerpo.
La investigación se inició a raíz de informaciones obtenidas por la Unidad Orgánica de Policía Judicial, que alertaban de posibles prácticas de consumo y distribución de cocaína en dependencias oficiales. A partir de esas primeras sospechas, se desplegaron distintas diligencias, entre ellas vigilancias, seguimientos y la instalación de cámaras en la cafetería de la Comandancia, previa autorización judicial.
Durante el desarrollo de la investigación se documentaron varios episodios considerados relevantes. Entre ellos, la entrega de dos dosis de cocaína a un comprador el 11 de febrero de 2022 en las inmediaciones de la Comandancia. La sustancia fue intervenida minutos después por agentes de la Policía Local, que confirmaron su composición, peso y pureza.
Asimismo, el tribunal da por acreditada otra operación llevada a cabo el 9 de marzo de 2022 en las proximidades de una panadería cercana, donde uno de los acusados entregó cocaína a otro implicado. En este caso, la droga también fue intervenida de forma inmediata, lo que derivó en la detención de los participantes.
El TSJA respalda la valoración probatoria realizada en instancia, señalando que las declaraciones de los agentes que presenciaron los hechos, junto con la incautación de sustancias y otros elementos, constituyen base suficiente para sustentar la condena. No obstante, introduce una matización respecto a algunos de los episodios captados por las cámaras de seguridad en la cantina.
En este sentido, el alto tribunal considera que, aunque las imágenes resultan “sugestivas” de posibles intercambios de droga, no puede afirmarse con certeza que todos los objetos entregados fueran sustancias estupefacientes, al no haberse producido su incautación. Esta circunstancia ha llevado a estimar parcialmente el recurso de uno de los condenados.
Como consecuencia, el TSJA reduce de cinco a cuatro años de prisión la pena impuesta a uno de los acusados, mientras que confirma íntegramente la condena de cuatro años para el otro implicado. La absolución del tercer procesado se mantiene sin modificaciones.
La sentencia ratifica además el decomiso de la droga, el dinero, los teléfonos móviles y el vehículo utilizados en la actividad delictiva, así como el resto de medidas acordadas en la resolución inicial.
Contra este fallo cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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