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Inicio » Tribunales y Justicia

El auto del Supremo es extrapolable al resto de imputados del ‘Caso Abogados’

por Redacción El Faro
08/04/2015 21:08 CEST
El auto del Supremo es extrapolable al resto de imputados del ‘Caso Abogados’

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Por tanto, sólo cabe el archivo de la investigación, según fuentes de las defensas de los imputados.

“El auto del Supremo es extrapolable al resto de imputados del ‘Caso Abogados”. Así lo creen las defensas de los responsables políticos y empleados públicos investigados en la causa judicial abierta por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Melilla. El auto de archivo de la imputación contra el presidente de la Ciudad, Juan José Imbroda, conocido el pasado martes, recalcan las mismas fuentes, viene a demostrar que esta investigación no tiene un carácter penal. En todo caso se circunscribiría en el ámbito administrativo.
Por ello, las defensas consideran que el juez instructor, Emilio Lamo de Espinosa, debe tomar en cuenta el auto del magistrado del Supremo Francisco Monterde y proceder al archivo de la investigación, conocida como ‘Caso Abogados’. Estas fuentes recalcaron que el magistrado del alto tribunal no ve infracción penal alguna en la contratación del abogado Juan Jesús Olivares y aseguraron que la Administración Pública puede realizar estas contrataciones, puesto que están recogidas en la Ley.
Se trata pues, sostuvieron, de que los contratos a letrados ajenos a la Ciudad Autónoma son de naturaleza civil, como sostuvo el propio presidente Imbroda en su declaración ante el Supremo el pasado 11 de marzo, y de arrendamiento de servicios. No es, por tanto, un contrato de naturaleza administrativa que debe seguir un procedimiento concreto y cumplir una serie de requisitos más estrictos, apuntaron las mismas.

“Los contratos son legales”
Además, este tipo de contrataciones de carácter civil, que no administrativo, es una práctica que se lleva realizando en la Ciudad Autónoma y en el Ayuntamiento de Melilla desde los años 70. “Así se ha hecho siempre desde los años 70 y cumpliéndose, por tanto, los requisitos correspondientes a este tipo de contratos perfectamente”.
“Los contratos son legales”, reiteraron las mismas fuentes de las defensas, quienes no comparten la argumentación de los autores de la denuncia que originó el ‘Caso Abogados’, es decir, que estos contratos son de naturaleza administrativa.
“Se ha partido de esa tesis, cuando desde los años 70 el Ayuntamiento de Melilla y después la Ciudad Autónoma han realizado contratos civiles de arrendamiento de servicios, entendiéndolos así, no como un contrato administrativo. En consecuencia, son legales”. Según las fuentes de las defensas, el debate sobre la naturaleza del contrato de abogados externos “no es propio del ámbito penal porque para que así sea, es decir, para que exista un delito de prevaricación es necesario el retorcimiento de la Ley con conocimiento de causa, pero los debates técnicos, en concreto, sobre la naturaleza jurídica de la contratación de abogados externos no se dirime en el ámbito penal”. Esta argumentación, no obstante, apuntaron las fuentes no parte de éstas sino de la doctrina del Derecho Administrativo, recalcaron.
Por tanto, insistieron, el auto del magistrado Monterde “debe ser aplicable para todos (los imputados en el ‘Caso Abogados’) y, en consecuencia, sólo cabe el archivo de la causa porque los debates y temas administrativos no son del ámbito penal”.Cabe recordar que en la investigación están imputados más de una docena de personas, entre ellos, los consejeros de Bienestar Social y Fomento, Mª Antonia Garbín y Miguel Marín, respectivamente, varios empleados públicos de la Ciudad y letrados melillenses.

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