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Anticorrupción asume la investigación de la compra de votos en Melilla

Así lo ha decretado este viernes el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortíz, quien habla de "sólidos indicios" y "operación delictiva"

La Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada asumirá la investigación sobre la supuesta trama de compra de votos en las elecciones a la Asamblea de Melilla del 28 de mayo, después de que así lo haya decretado el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.

Según el decreto, al que ha tenido acceso EFE, un atestado de la Policía Nacional puso en conocimiento del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Melilla “la existencia de sólidos indicios de la compra de votos con vistas a las elecciones”, una “operación delictiva” que dio comienzo el 4 de abril con la convocatoria de los comicios.

En concreto, las investigaciones que ha realizado la Policía ponen de manifiesto “la existencia de una operación a gran escala de compra de votos, mediante la que se abonaban entre 100 y 150 euros a un importante número de ciudadanos, alterando la mecánica legalmente establecida del voto por correo”.

Según las averiguaciones practicadas, dicha operación habría sido llevada a cabo “por varios individuos afines o relacionados con Coalición por Melilla” (CPM), al que pertenecen algunos de los 10 detenidos en la operación policial realizada el pasado martes en la ciudad autónoma, entre ellos, el entonces consejero de Distritos y candidato número 3, Mohamed Ahmed.

El decreto de la Fiscalía General del Estado señala que esos “individuos afines o relacionados” con CPM “conformarían una estructura organizada, con planificación previa y concertada”.

“La compra de votos se estaría financiando, además, con parte de los fondos obtenidos por empresas y particulares relacionadas” con CPM “en licitaciones públicas, convenios, contratos y subvenciones que se habrían adjudicado durante la última legislatura en la Ciudad Autónoma”, agrega la Fiscalía General del Estado.

Los hechos podrían ser constitutivos de falsedad documental, prevaricación, malversación y cohecho, además de delitos electorales de los arts. 141 y 146.1 a) de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, “sin perjuicio de ulterior calificación”, de acuerdo con el atestado policial.

La Fiscalía General del Estado considera que se trata de “un supuesto de especial trascendencia” incardinable en el artículo 19.4 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF), lo que permite que la Fiscalía Anticorrupción asuma el caso.

Así, justifica que los hechos suponen “una manifestación de delincuencia o criminalidad organizada” y tienen gravedad y trascendencia “desde el punto de vista social y político” por “la pretensión de alterar la libre manifestación de la voluntad popular”, además de “la complejidad de las investigaciones” que se deben desarrollar.

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