Adeslas, condenada por una "negligencia" que costó la vida a una mujer en Melilla

La paciente era hipertensa y diabética, y la sentencia señala que no se le realizaron las pruebas necesarias para conocer su patología

El Juzgado de Primera Instancia número 17 de Madrid ha condenado a SegurCaixa Adeslas a indemnizar con 84.442 euros más intereses a los cuatro hijos de una mujer de 73 años fallecida en Melilla tras no ser diagnosticada a tiempo de una obstrucción intestinal cuando acudió a Urgencias de una clínica privada concertada con la aseguradora.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, considera que existió una actuación negligente en la asistencia prestada a la paciente, que era diabética e hipertensa y acudió al centro sanitario en diciembre de 2019 aquejada de vómitos. La médica que la atendió le dio el alta tras una consulta de apenas 14 minutos pese a que presentaba valores anómalos de tensión arterial y glucemia.

El fallo judicial subraya que no se realizaron pruebas básicas como análisis de sangre u orina ni otras exploraciones diagnósticas que permitieran descartar patologías graves. Horas después, el estado de la mujer empeoró y tuvo que ser trasladada al Hospital Comarcal de Melilla, donde ingresó inconsciente y con “vómitos fecaloideos excesivos”. Falleció menos de seis horas después de haber acudido inicialmente a la clínica privada.

La jueza concluye que la obstrucción intestinal “no fue detectada a tiempo” por la falta de pruebas esenciales, como un TAC o la derivación a un especialista. La resolución añade que una intervención quirúrgica urgente podría haberle ofrecido “alguna posibilidad de supervivencia”.

Durante el juicio, el abogado Damián Vázquez, de la asociación El Defensor del Paciente, denunció varias actuaciones “gravemente negligentes”, entre ellas un alta médica que el perito calificó como “una temeridad”. La sentencia dada a conocer por EFE también rechaza que Adeslas pueda desvincularse de la responsabilidad de la clínica privada.

Adeslas deberá responder de forma solidaria por la asistencia prestada en su cuadro médico, según recoge la sentencia, que aplica la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

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