La Asociación VTC Andalucía, Ceuta y Melilla ha valorado de forma positiva la entrada en vigor del nuevo Reglamento General de Circulación, aprobado mediante Real Decreto y publicado en el Boletín Oficial del Estado, al considerar que supone un avance en materia de seguridad vial. La organización destaca especialmente la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad para los conductores de taxi durante la prestación del servicio, una medida que pone fin a una excepción histórica que permitía a estos profesionales circular sin este sistema básico de protección.
La entidad, que representa al sector de los vehículos de transporte con conductor en Andalucía, Ceuta y Melilla, considera que la modificación normativa responde al principio de que todos los profesionales dedicados al transporte de viajeros deben desarrollar su actividad con las máximas garantías de seguridad, tanto para ellos mismos como para las personas que utilizan este servicio.
El presidente de la Asociación VTC Andalucía, Ceuta y Melilla, Pablo García-Trespalacios, ha manifestado que la organización recibe favorablemente esta modificación al entender que refuerza la protección de conductores y pasajeros.
"Celebramos esta modificación porque refuerza la seguridad de los profesionales y de los pasajeros. Resultaba difícil entender que una medida tan básica como el uso obligatorio del cinturón de seguridad no se hubiera aplicado con anterioridad a los conductores de taxi", ha señalado.
No obstante, la asociación considera que el nuevo texto reglamentario mantiene una excepción que, a su juicio, resulta difícil de justificar desde el punto de vista de la seguridad vial, especialmente cuando afecta a los menores.
En concreto, la organización hace referencia al artículo 118 del Reglamento General de Circulación, que establece que los taxis que circulen en tráfico urbano o en áreas urbanas de grandes ciudades podrán transportar a menores con una estatura inferior a 135 centímetros sin utilizar un sistema de retención infantil homologado, siempre que ocupen los asientos traseros del vehículo.
La Asociación VTC Andalucía, Ceuta y Melilla entiende que esta excepción introduce una diferencia de trato entre los distintos servicios profesionales de transporte de viajeros que no responde, según expone, a criterios de seguridad.
La entidad recuerda que en los vehículos VTC el uso de los Sistemas de Retención Infantil (SRI) es obligatorio cuando viajan menores que lo requieren, por lo que considera que no resulta comprensible que los taxis puedan quedar exentos de esta obligación en determinadas circunstancias previstas por la normativa.
A juicio de la asociación, los sistemas de retención infantil han demostrado su eficacia para reducir el riesgo de lesiones en caso de accidente, motivo por el que defiende que su utilización debería exigirse con independencia del tipo de servicio de transporte utilizado.
En este sentido, Pablo García-Trespalacios ha mostrado su preocupación por las consecuencias que puede tener esta excepción para la seguridad de los menores.
"Nos preocupa especialmente la seguridad de los menores. Si un sistema de retención infantil es imprescindible para proteger a un niño cuando viaja en un vehículo particular, resulta incoherente que esa misma exigencia no se aplique cuando el desplazamiento se realiza en un taxi. La seguridad debe ser la misma con independencia del vehículo en el que se viaje", ha afirmado.
La organización considera que el nuevo reglamento representa un avance importante al extender la obligatoriedad del cinturón de seguridad a los conductores de taxi, una reivindicación que entiende alineada con el objetivo de mejorar la protección de todos los profesionales del transporte público de viajeros.
Sin embargo, sostiene que la normativa todavía presenta diferencias entre modalidades de transporte que, desde su punto de vista, deberían corregirse en futuras revisiones legislativas para establecer un marco común en materia de seguridad.
La Asociación VTC Andalucía, Ceuta y Melilla defiende que todos los operadores del transporte profesional de viajeros deberían estar sujetos a los mismos criterios cuando se trata de garantizar la protección de los usuarios, especialmente de aquellos considerados más vulnerables.
En este contexto, la entidad insiste en que la protección de los menores no debería depender de la autorización administrativa con la que opere un vehículo, sino únicamente de las condiciones necesarias para garantizar su seguridad durante el desplazamiento.
"La protección de los menores no puede depender del tipo de autorización administrativa del vehículo. Debe responder exclusivamente a criterios de seguridad", concluye García-Trespalacios.
La asociación considera que avanzar hacia una regulación homogénea permitiría eliminar diferencias entre los distintos servicios de transporte público de viajeros y reforzaría la confianza de los usuarios al aplicar las mismas medidas de protección en cualquier modalidad.
Por ello, la entidad confía en que esta cuestión pueda ser objeto de revisión en futuras modificaciones del Reglamento General de Circulación. Su objetivo es que la normativa establezca un tratamiento uniforme para todos los operadores del sector, tanto en Andalucía como en Ceuta y Melilla, y que se refuercen las medidas dirigidas a proteger a los pasajeros, con especial atención a los menores de edad.
La Asociación VTC Andalucía, Ceuta y Melilla considera que la entrada en vigor del nuevo reglamento constituye un paso positivo para mejorar la seguridad vial, aunque mantiene su petición de revisar la excepción relativa al transporte de menores en taxis urbanos, al entender que todos los usuarios deben contar con el mismo nivel de protección, con independencia del vehículo en el que realicen sus desplazamientos.








