El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la decisión del Ejército de expulsar de sus filas a un soldado del grupo de Regulares número 52 de Melilla, quien propinó una bofetada a un teniente cuando ambos se encontraban en un conocido local de copas de la ciudad. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal andaluz no ha estimado el recurso presentado por este joven, que pedía la anulación de la "resolución del compromiso" con este soldado, su reincorporación a las Fuerzas Armadas y que se le abonaran las pagas no recibidas desde que se decidió su baja.
Los hechos por los que se juzgó a este melillense ocurrieron en julio de 2021 en un concurrido local de copas de Melilla cuando el teniente en cuestión se acercó a una mesa donde se encontraban varios soldados. Bromeó con algunos de ellos dándoles unas "collejas" y aseguró a los demás que también las recibirían si los conociera más.
Fue cuando el ahora expulsado del Ejército se encaró con el mando, al que amenazó con que "te meto un guantazo que te embarco". En un momento determinado, el teniente quiso hablar con el soldado pero éste sin mediar palabra le dio un codazo. El otro le aseguró que no daría parte de lo sucedido pero si le pegaba se arruinaría la vida. Aún así, le dio el guantazo.
La consecuencia fue una condena a catorce meses de prisión pero la Sala de lo Militar del Supremo rebajó la pena a ocho meses al estimar parcialmente el recurso de casación presentado por el soldado. Una vez firme la sentencia, el Ministerio de Defensa inició un expendiente administrativo contra él y acabó con su expulsión del Ejército.
Ésta es la decisión que llevó a la presentación del recurso contencioso-administrativo en el TSJA que ahora da la razón al Ministerio y, concretamente, establece que la general auditora valora de forma adecuada lo que establece la ley para fudamentar la resolución del compromiso del militar profesional.
El propio coronel-jefe entonces de Regulares reconocía en un informe que los hechos sucedidos en el local de copas habían producido "alarma" en el acuartelamiento y un "perjuicio al buen régimen" interno, si bien es cierto que también consideró "favorable y positiva" la trayectoria profesional del joven. Sin embargo, su coclusión es que esa buena valoración "no puede compensar y restar gravedad al delito cometido y la pena impuesta".