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La Viceconsejería del Menor dice que es el área de Políticas Sociales la competente en Asistencia Social

Por lo que en todo caso sería el área de Políticas Sociales quien se encargue de la cuestión de atención a los extutelados

por Cynthia Patricio
28/07/2021 14:25 CEST
La Viceconsejería del Menor dice que es el área de Políticas Sociales la competente en Asistencia Social

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El área de Menor no tiene competencia en Asistencia Social para atender a los extutelados de Melilla. La Abogacía General del Estado determinaba esta semana que los extutelados de la ciudad no son competencia estatal sino que continúan estando al amparo de la Ciudad Autónoma bajo el principio de Asistencia Asocial contemplado en la normativa vigente. Desde el área del Menor, el viceconsejero Abderraim Mohamed Hammu, se ha hizo eco de este informe y señala que el área competente en Asistencia Social es Políticas Sociales, que corresponde a otra Consejería.

En un comunicado a la prensa, el consejero informaba que dicho informe de la Abogacía General del Estado no es vinculante y que, independientemente de a quién competía en su momento, desde la Ciudad Autónoma, y concretamente desde la Viceconsejería del Menor, se asumieron dichas competencias "por tratarse de algo humanitario". Mohamed Hammu dijo que hay que destacar diversas cuestiones alrededor de este asunto, y la principal es que desde la Viceconsejería del Menor creen que las competencias de Asistencia Social serían de la Consejería de Economía y Políticas Sociales.

Mencionó también las sentencias del Tribunal Supremo de 76/1986 de 9 de junio, la del 13/1996 de febrero y de 239/2002,donde se establece, tras afirmar que la Asistencia Social es una competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma, que "el Estado, en la medida en la que existan problemas sociales peculiares que requieran y exijan un planteamiento global, puede intervenir al respecto también mediante medidas de fomento pero respetando las competencias propias de la comunidad autónoma de que se trate".

Asimismo, en concretamente el articulo 149.1, punto 2º, se contempla que "sin perjuicio del marco de la política migratoria, el Estado puede desarrollar e impulsar la vía de la integración de los inmigrantes a través de medidas de fomento o apoyo económico". En particular se refiere, según el viceconsejero del Menor, a una integración indirecta referida al uso y fomento de servicios esenciales del ámbito educativo, sanitario, de los servicios sociales, así como de prevención en posibles situaciones de conflicto.

Por lo tanto, según la valoración de Abderrahim Mohamed Hammu, también "el Estado tiene la capacidad de poner su poder de gasto al servicio de una política de asistencia social, en el ejercicio soberano de la función legislativa presupuestaria sin perjuicio de que corresponda, como se menciona en dichas sentencias, a la comunidad autónoma en materias exclusivas en materia de asistencia social". 

Asimismo, sobre el comunicado que emitió la Delegación del Gobierno, desde la viceconsejeía entienden que se ha separado la parte en la que el informe de la Abogacía del Estado hace referencia a diferentes sentencias en las que se hace referencia a esas medidas de apoyo económico estatal ante una situación crítica como la que se vive, por ejemplo, en estos momentos.

Por parte de la Ciudad Autónoma también se solicitó la elaboración de un informe de sus Servicios Jurídicos, y en dicho informe la letrada expone que "el principal problema en la regulación de estos menores es que encuentran situados entre dos sistema, el de protección y el de inmigración". Son dos sistemas que pueden llegar a colisionar por estar fundamentados en dos principios contradictorios, el de la protección y el del control.

Explicaba Mohamed Hammu que el informe de la letrada finaliza señalando que la Ciudad Autónoma no tiene competencia alguna sobre los extranjeros en territorio español, "ello sin perjuicio del cumplimiento de los programas de preparación para la vida adulta e independiente" que se organizan desde la Viceconsejería del Menor. Esta es una cuestión diferente, apuntó el viceconsejero.

Respecto a la principal cuestión que recoge la Abogacía General del Estado en su informe en el que expone que dicha competencia se incardina en el concepto de asistencia social que debe ser competencia del Gobierno local, desde el área del Menor sostienen que su ámbito competencial no abarca la asistencia social. "En todo caso sería de la Consejería de Políticas Sociales", aseveró Abderrahim Mohamed Hammu.

"De hecho el articulo 21.1 del Estatuto de Autonomía de Melilla habla de que la Ciudad de Melilla ejercerá competencias sobre determinadas materias y entre ellas en el punto 18 se habla de Asistencia Social y en el punto 19 de Sanidad e Higiene", expuso. Y dicho esto, reiteró que duchas competencias corresponderían a otra consejería.

Tags: Menas (Menores no acompañados)menores

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