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Capitanía Marítima restringe el acceso de motos de recreo a terceros países

Se trata de una de las cláusulas establecidas en la normativa de seguridad marítima publicada hoy en el BOME

por Ángela Ríos
15/07/2025 19:21 CEST
Capitanía Marítima restringe el acceso de motos de recreo a terceros países

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Esta mañana ha entrado en vigor la Resolución 1/2025 de la Capitanía Marítima de Melilla, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma, con nuevas normas que restringen la navegación de motos acuáticas de recreo, especialmente aquellas que sobrepasan los límites de las aguas jurisdiccionales españolas.

Según el capitán marítimo, José Miguel Tasende, esta medida responde a un incremento de quejas por parte de bañistas, usuarios de embarcaciones y la Guardia Civil, así como al creciente número de sanciones impuestas en los últimos años por el mal uso de estas motos. “Tenemos de sobra para navegar por aguas españolas y disfrutar de la moto sin necesidad de meternos en un tercer país”, aseguró Tasende. “¿Para qué se tienen que ir de España? ¿Qué van a ganar yéndose fuera?”, cuestionó.

Punto clave de la normativa

El máximo responsable de Capitanía Marítima, José Miguel Tasende, ha puesto especial énfasis en la necesidad de establecer un control efectivo sobre las motos de recreo que traspasan los límites jurisdiccionales. "Muchas veces las motos se ponen a navegar y salen de las aguas jurisdiccionales españolas. Yo no sé si son conscientes de que entran en aguas de un tercer país, es decir, están pasando unas fronteras, se van y luego vuelven.

Esto tampoco es así, tiene que haber un cierto control de las personas y de las entradas y salidas", explicó durante una rueda de prensa. Tasende insiste en que esta práctica debe cesar definitivamente: "Si estamos en España, estamos en España, no podemos andar entrando y saliendo". El responsable de Capitanía Marítima considera que el territorio marítimo español es más que suficiente para el disfrute de estas embarcaciones: "Tenemos de sobra para navegar por aguas españolas y disfrutar de la moto, de sobra sin necesidad de irnos a meter a un tercer país".

La decisión no es arbitraria. Tasende reveló que "ha habido muchas quejas ya del año pasado y de algún año anterior sobre las personas que llevaban embarcaciones de remos, por ejemplo, y que se veían como pasaba a toda velocidad una moto y les desestabilizaba". Los bañistas tampoco han quedado al margen de estos incidentes. Aseguró Tasende que "las motos empiezan a moverse por el medio de los bañistas, lo cual es muy, muy peligroso". Y es que esta situación ha llegado a extremos preocupantes.

Prohibición total en la Ensenada de los Galápagos

Una de las medidas más restrictivas es la prohibición absoluta de navegación en la Ensenada de los Galápagos. La decisión responde a múltiples factores: la presencia masiva de bañistas, las características acantiladas de la costa que amplifican el ruido y las continuas quejas de usuarios. "Se nos quejaban también los usuarios de la playa, dicen, hombre, vamos a una playa que es de una belleza natural espectacular, estamos ahí bien, y de repente empieza a sonar un ruido, y si en vez de ser una, son dos, y van a una velocidad indebida, oiga, por el disfrute de dos, los cientos de bañistas que están van a tener que fastidiarse".

Esta medida cobra especial relevancia tras lo ocurrido el año pasado, cuando bañistas en pleno verano fueron sorprendidos por una embarcación que arribó directamente en la orilla de la playa de la Alcazaba. La normativa establece con precisión los límites de navegación permitidos. Por el Norte, las motos pueden llegar hasta el dique del Barranco del Quemadero. Por el Sur, el límite se establece mediante una línea imaginaria que une el dique sur con el dique de abrigo del puerto de Nador. "Evidentemente, aquí estamos en aguas españolas, sin duda alguna. Todo esto es español. Tenemos de sobra para navegar por aguas españolas y disfrutar de la moto", recalcó el capitán marítimo.

El incumplimiento de la normativa conllevará sanciones administrativas de tipo económico. "El régimen sancionador, quien pone las multas en el mar es la Capitanía Marítima", aclaró Tasende. "Yo no quiero llegar a eso, la amenaza no la quiero utilizar, pero si es verdad que va incluida en las normas el que incumple, pues se verá sujeto a un expediente sancionador del que se puede derivar una sanción de tipo económico, por supuesto".

El capitán destaca que la normativa no introduce grandes novedades, sino que refuerza la claridad del marco legal ya existente: "No ponen mucha cosa nueva, novedades aquí hay alguna, pero pocas. Lo que sí hay es que quede muy claro que no se debe salir de aguas jurisdiccionales españolas". Con esta resolución, Melilla da un paso firme en la regulación de la navegación recreativa, buscando un equilibrio entre el ocio marítimo y la seguridad de todos los usuarios del litoral.

Tags: inmigranteslimitacion fronteriza aguasmotos aguas aguas españolas

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Comments 1

  1. Harry comentó:
    hace 1 año

    Por supuesto que eres consciente conociendo la normativa que regula las motos acuáticas o embarcaciones de recreo hasta X metros y el resto de legislación y hasta Disenso conoces!!! . Si sirve para contener delitos bien venido sea, pero pecar de ignorancia cuando eres un inútil neonazi y siembra odio el resto de tus 22 horas diarias (con horario de verano +2 GMT) ésto te habrá quedao hasta enorme como marítimo. Pa lo demás, o estudias un poquejo más o te meterán una sentencia por donde te quepa por inútil listillo u odioso y voxmitivo.

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