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Siete años de prisión para dos acusados del frente de cárceles yihadista y absuelto otro

Se considera probado que cometieron un delito de captación y adoctrinamiento terrorista con el agravante de reincidencia

por EFE
13/02/2024 11:09 CET
Siete años de prisión para dos acusados del frente de cárceles yihadista y absuelto otro

MADRID, 22/01/2024.- Mohamed El Gharbi, Karim Abdeselam Mohamed y Abdelah Abdeselam Ahmed se sientan en el banquillo de los acusados durante su juicio este lunes en la Audiencia Nacional de Madrid y para quienes la Fiscalía pide hasta 12 años de prisión por un delito de constitución de grupo terrorista, aunque plantea de manera subsidiaria una condena de 8 años por colaboración con organización terrorista o captación y adoctrinamiento terrorista. EFE/ Borja Sánchez Trillo / POOL


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La Audiencia Nacional ha condenado a siete años y seis meses de prisión a dos acusados de formar un frente de cárceles yihadista en España por un delito de captación y adoctrinamiento terrorista con la circunstancia agravante de reincidencia y ha absuelto a un tercer acusado en esta causa.

En una sentencia el tribunal impone dicha pena a Mohamed El Gharbi y a Karim Abdeselam Mohamed, a quienes condena además al pago de una multa de 1.800 euros y la medida de libertad vigilada por tiempo de diez años.

El fallo absuelve a estos dos acusados y a Abdelah A.A. de colaboración con organización terrorista que les atribuía la Fiscalía y las acusaciones populares, ejercidas por la Asociación Víctimas del Terrorismo y la Asociación 11M Afectados por el Terrorismo, y al tercero también del delito por el que sí han sido condenados los dos primeros.

Estos tres acusados, junto con el actualmente fugado Abderrahmane T. ya se sentaron en el banquillo de los acusados en julio de 2022 por estos hechos y resultaron absueltos al descartar el tribunal que les juzgó entonces que formasen una red dedicada a favorecer al Dáesh, pero, tras recurrir la Fiscalía, la Sala de Apelación de la Audiencia ordenó repetir el juicio.

La resolución declara probado que Mohamed El Gharbi, Karim Abdeselam y Abderrahmane T., entre 2014 y 2019, mientras cumplían condena en prisiones españolas por pertenencia a organización terrorista, decidieron cohesionar a los internos encarcelados por delitos de terrorismo y liderarlos para que no abandonasen el ideario yihadista.

Entre las directrices que marcaban a otros reclusos se incluían mantenerse fuertes y unidos para que ninguno se viera tentado a abandonar la yihad armada, apoyándose unos a otros cuando no coincidían en el mismo centro mediante remisión de cartas con banderas y emblemas de la organización terrorista Dáesh y emplazándose para continuar con la actividad terrorista al salir de la cárcel.

La sentencia destaca que pretendían formar "un grupo compacto que lucharía en favor del terrorismo islámico en cualquier forma y lugar tanto dentro como fuera de prisión".

Igualmente decidieron aleccionar, radicalizar y atraer a nuevos adeptos a su ideario violento mediante la creación y difusión de mensajes y consignas relacionados con los postulados de Dáesh.

Mohamed El Gharbi fue detenido el 15 de diciembre por la Policía búlgara cuando trataba de llegar a Turquía para entrar en Siria y unirse a Dáesh como combatiente.

Tras su extradición a España desde Bulgaria ingresó en prisión el 23 de enero de 2015 para cumplir una condena de ocho años de cárcel por integración en organización terrorista.

El Gharbi coincidió en 2016 y 2018 en la prisión de Estremera (Madrid) con Abderrahmane T. y ya hablaron del "colectivo" para agrupar a todos los condenados por terrorismo yihadista e iniciaron una relación epistolar entre ellos y con otros internos a la que se unió Karim Abdeselam.

Además Abderrahmane T. mantenía informado a El Gharbi de la evolución de los que llamaba "frente de cárceles", su reivindicación de agrupar a los "presos políticos islamistas" en un módulo y que se les permitiera salir juntos al patio, "terminología que acogió por su relación en centros penitenciarios con internos condenados por su pertenencia a la organización terrorista ETA, relata la sentencia.

Agrega que Abderrahmane T. llegó a decirle que seguiría en la lucha "hasta conseguir la victoria o el martirio" y Mohamed El Gharbi se ofreció a participar en dicho plan y a buscar el apoyo de otros internos sumándoles a una especie de huelga o protesta colectiva.

Los condenados instaban en sus cartas a otros presos a cumplir las directrices del denominado "programa patio" para evitar relacionarse con presos no afines al ideario yihadista y que hicieran deporte, leyeran, recitaran y memorizaran el Corán y rezaran.

Mohamed El Gharbi atacó en el patio de la cárcel de Castellón a otros recluso por no obedecer sus órdenes tras recriminarle que viera la televisión, usara pantalones cortos y camisetas de manga corta, fumara y escuchara música.

El Gharbi le dijo al recluso al que agredió que debía conseguirle armas cuando saliese de prisión porque quería "montar algo" en España o en Marruecos.

Tags: Noticias de Melilla

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