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Rechazado el recurso de un acusado de traer a Melilla una patera: lo pillaron mojado y dijo que iba nadando a Nador

La defensa del supuesto patrón de la embarcación que desembarcó 13 migrantes en Aguadú en enero pasado, considera que ha habido un error en la valoración de pruebas.

La sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha desestimado el recurso interpuesto por el abogado melillense Abdelkader Mimón, que asumió la defensa de M. B., un migrante indocumentado en España y con antecedentes penales, acusado de traer a la ciudad una patera con 13 personas a bordo. Por ello ha sido condenado en primera instancia a seis años de cárcel y al pago de las costas procesales.

La defensa centró su recurso en la existencia de un error en la valoración de pruebas, ya que M.B., natural de Nador, no fue reconocido por ninguno de los tripulantes de la embarcación a excepción de uno que dijo que la persona que patroneaba la barca hinchable, de reducidas dimensiones, sin medidas de seguridad y sobrecargada, llevaba puesto un traje de neopreno; tenía un móvil en la mano y un corte de pelo muy común en Marruecos.

M.B. fue detenido en la costa, mojado, descalzo, con traje de neopreno y con un móvil, según el testimonio de los agentes de Policía Nacional y Guardia Civil que trabajaron en su identificación y detención.

De esta forma, M.B., según la sentencia a la que ha tenido acceso El Faro, asegura además que estaba viviendo de forma irregular en Melilla y que, pese a que tenía cita para la Oficina de Asilo, decidió tirarse al mar a pesar del oleaje, con un traje de neopreno para ir a nado a visitar a su familia en Nador, perdiendo, según los jueces, la oportunidad de conseguir la protección internacional en España.

El TSJA considera su versión inverosímil porque entiende el tribunal que carece de sentido hacer a nado un trayecto que se puede hacer por tierra, pese a que en enero de 2022, la frontera estaba cerrada.

El 7 de enero de 2022

Los hechos se remontan a las seis de la mañana del 7 de enero 2022, cuando M.B. supuestamente pilotaba la embarcación hinchable, de material endeble desde las costas de Marruecos hasta Aguadú, en Melilla. Con él viajaban 13 personas de diferentes nacionalidades, la mayoría yemení, aunque iba un menor sirio y dos egipcios.

Según el relato de los hechos que da por bueno el tribunal, al aproximarse a la costa de Melilla, M.B., que era el único que vestía un traje de neopreno y ante el riesgo de ser descubierto, se tiró al agua, abandonando a su suerte a quienes viajaban en la patera. La mayoría no tenía salvavidas ni sabía nadar.  La embarcación tampoco llevaba bengalas para pedir auxilio. De ahí que haya sido condenado en primera instancia por un delito contra los ciudadanos extranjeros con el agravante de haber puesto en peligro a las personas que viajaban en la embarcación ya que la travesía la hicieron de noche y con fuerte oleaje.

El recurso interpuesto por M.B. discute su participación en los hechos ya que el niega haber viajado en la patera. Él alega que llevaba ocho meses viviendo en Melilla y esa noche decidió ir a ver a su familia desde la playa nueva y cuando ya había saltado al mar, escuchó gritos y se asustó porque pensó que alguien estaba peleando por lo que decidió volver a tierra y esconderse entre las rocas, sin percatarse, según su testimonio, de la llegada de una patera.

El juzgado no se cree la versión de M.B., que no ha podido explicar qué hacía en tierra, cuando fueron detenidos los migrantes llegados en patera, si como él mismo ha dicho ya se había lanzado al mar y en su situación, "lo más razonable habría sido seguir nadando hacia su destino". Sin embargo, en el juicio se contradijo y señaló que estaba esperando a que los migrantes se fueran para tirarse al agua.

Por todo ello, el TSJA desestima el recurso de apelación contra la sentencia del juzgado de Melilla.

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