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El suceso ocurrió en noviembre de 2015. No ingresará en prisión por no tener antecedentes
Un hombre fue condenado ayer a dos años de prisión tras ser hallado culpable de rajar la cara a otro con una botella rota. La agresión se derivó de la negativa de la víctima a invitar a tabaco al acusado.
El inculpado, que responde a las iniciales N. L., cometió un delito de lesiones tipificado en los artículos 147 y 148 del Código Penal, según destacó la titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla, donde se desarrolló la vista.
Calle General Astilleros
El suceso ocurrió el 7 de noviembre de 2015 en la calle General Astilleros, cerca del paso fronterizo de Beni Enzar. Sobre las 23:00 horas, el acusado se dirigió a otro hombre solicitándole que lo invitara a un cigarrillo, a lo que éste se opuso.
Ante la negativa, N. L. reaccionó propinándole un puñetazo. No contento con ello, rompió una botella y con el cristal roto le provocó una herida en el rostro. Sin embargo, pudo ser detenido por la Policía.
En el juicio celebrado ayer, el acusado, que se encuentra en prisión, compareció esposado y escoltado por dos agentes de la Policía Nacional.
Reconoce los hechos
Su abogado de oficio alcanzó un acuerdo de conformidad con el Ministerio Fiscal, basado en que si su cliente admitía su responsabilidad en los hechos, se le impondría la pena menor en grado, es decir, dos años de cárcel. De no reconocerse culpable, se habría celebrado el juicio con declaraciones de testigos y la fiscal habría reclamado una condena más alta.
N. L. necesitó de un traductor para comprender los términos de la conformidad que le planteó la juez. En un principio, dudó si aceptar la pena de dos años de cárcel pues, como él mismo afirmó, tiene causas pendientes de juicio y quiso saber si ello podría influir. “No puedo darle esa información. Diga sólo si se conforma con la pena de esta causa”, le indicó la juez. Finalmente, aceptó que se le impongan los dos años de cárcel por el aludido delito de lesiones.
Al no haber sido condenado con anterioridad por otros delitos, la ley permite que los sentenciados a penas inferiores a dos años no ingresen en prisión. N. L. podrá librarse de ser encarcelado siempre y cuando no vuelva a delinquir en un plazo de cuatro años.
Multa e indemnización
Sin embargo, no quedará eximido del pago de una multa de 10 meses a razón de cinco euros diarios, lo que suma 1.500 euros.
Aparte, el condenado deberá abonar 230 euros al denunciante en concepto de indemnización por las lesiones causadas y otros 800 euros por las secuelas de esas heridas. De no pagar, N. L. sí ingresaría en el centro penitenciario.