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Quieren recurrir el pasaporte covid al Constitucional

Alexis Aneas, abogado de Liberum, aconseja a todos los hosteleros de Melilla que fueron expedientados durante la pandemia por incumplir esta restricción que a través de un abogado soliciten la nulidad da la sanción en base a la sentencia del 2 de junio del Tribunal Constitucional.

por Tania Costa
02/08/2022 19:24 CEST
Quieren recurrir el pasaporte covid al Constitucional

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Alexis Aneas, abogado del servicio jurídico de la Asociación Liberum, que ha interpuesto un recurso de casación en el Tribunal Supremo por la sentencia del pasaporte covid impuesto en Melilla, aspira a que el tema llegue al Tribunal Constitucional.

"Nuestra hoja de ruta es llegar al Constitucional. Si el Supremo dice que el menoscabo provocado por el pasaporte covid a los derechos fundamentales es liviano, llegaremos al Constitucional", confirmó en declaraciones a El Faro.

Según explica, la ley obliga a agotar todos los recursos jurídicos antes de acudir al intérprete supremo de la Constitución española. Además, señala que, en teoría, el Tribunal Supremo marca doctrina cuando existen dos sentencias con idéntico fallo en un mismo tema. Ese caso se da en el tema del pasaporte covid ya que el TS echó para atrás el de Andalucía porque no había sido ratificado por el Tribunal Superior de Justicia andaluz, pero dio por buena la implantación del certificado covid en Galicia y País Vasco.

Por eso considera Aneas que una vez que hay dos sentencias, lo normal es que no se admitan recursos sobre el mismo tema a menos que exista un escenario nuevo. Y en el caso del recurso de casación de la sentencia del pasaporte covid de Melilla, lo hay. Se refiere a la sentencia 70/2022 del 2 de junio, que declaró anticonstitucional el artículo 10.8 de la Ley reguladora de la jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Hasta ese momento, cuando una autonomía pretendía imponer una medida sanitaria que menoscaba o afectaba a derechos fundamentales, era preceptivo, en virtud de ese artículo 10.8, pedir la ratificación o autorización del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma que correspondiese. Sin ese visto bueno de ese tribunal no se podía aplicar.

El TC ha declarado que es anticonstitucional esa ratificación porque hace que los tribunales sean colegisladores y además viciaba los procedimientos porque no había contraparte: la Administración pedía al tribunal correspondiente que le diera el visto bueno a lo que ella misma proponía con sus propios documentos.

Ahora el Constitucional dice que eso no es posible porque vulnera la independencia judicial, porque además si el día de mañana un ciudadano o una asociación pretendía recurrir esa norma, como el mismo tribunal que había dado el visto bueno tenía que enjuiciar este nuevo procedimiento, no podía ser imparcial.

"Esto abre un escenario muy curioso en nuestro ordenamiento jurídico", recalca.

Y en base a ese nuevo ordenamiento jurídico, aconseja a todos los hosteleros de Melilla que fueron expedientados durante la pandemia por incumplir esta restricción que a través de un abogado soliciten la nulidad da la sanción en base a esa sentencia del 2 de junio del Tribunal Constitucional.

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Comments 3

  1. Edmundo comentó:
    hace 4 años

    Como se puede ser tan obtusos?
    Todas las medidas han servido para salvar vidas, más o menos y saltarse las a la torera significa la falta de solidaridad y empatía de quien lo hiciera.
    No están por delante las leyes, mejor dicho los procedimientos, porque la norma era buena, lo que no se hizo bien fueron las formas, que la vida...
    Este país cualquier día se nubla para siempre de la cantidad de "voladores" que tenemos

    • LIBERTAD comentó:
      hace 4 años

      Todas las medidas aplicadas en las distintas Comunidades frente al Covid-19, y que al contrario de ese dogma mediático de fe ciega absurda, conforme a los informes técnicos se sabía que no frenarían los contagios, fueron INCONSTITUCIONALES, NULAS DE PLENO DERECHO Y VULNERARON DERECHOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES. No me pidan que renuncie a mi propio bien por un bien indefinido de un tercero y soflamas como la "SOLIDARIDAD", que no es otra que anteponer la LEY a un mandato del Ejecutivo de turno. NUNCA MÁS!

      A través de la ratificación judicial de los TSJ se prostituye la Norma Fundamental del Estado por la injerencia del Ejecutivo. Se rompió la separación de poderes y la independencia judicial. Se vicio así la esencia de nuestro Estado de Derecho. SE VULNERARON LOS DERECHOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES DE TODOS LOS CIUDADANOS. EL EJECUTIVO ESTÁ SOMETIDO AL IMPERIO DE LA LEY DEL MISMO MODO QUE LO ESTÁ CUALQUIER CIUDADANO. FUE IN-CONS-TI-TU-CIONAL.

      No es la vida sin la libertad, ni la libertad sin la vida. Pero por la honra así como por la libertad se puede y se debe aventurar la vida.

      VIVA LA LIBERTAD!!!

    • Despierto comentó:
      hace 4 años

      Las medidas no han servido para salvar vidas, sino todo lo contrario, y también han servido para arruinar la economía. Además el fin no justifica los medios en ningún caso.

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