El Boletín Oficial de Melilla (BOME) publica hoy un acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado el pasado 17 de abril con el objetivo de aprobar una instrucción con medidas para la contención del gasto durante la crisis del COVID-19. Esto significa, por ejemplo, que no se van a licitar nuevos expedientes de contratación, aunque hay varias excepciones, ni tampoco se darán nuevas subvenciones directas.
Estas pautas tienen un periodo de vigencia hasta el 31 de mayo, sin perjuicio de que se pueda ampliar el tiempo en función del avance de la actual crisis sanitaria y de su repercusión en la estabilidad presupuestaria de la Administración local.
El porqué
En el texto se describe que la actual crisis sanitaria provocada por el coronavirus va a tener para la Administración local una serie de repercusiones que aún son difíciles de cuantificar a efectos de la estabilidad presupuestaria. En este sentido apunta que los ingresos no son los esperados porque hay una parada de la actividad económica y va a traer una considerable reducción de la recaudación del IPSI. Asimismo, describe que se están haciendo frente a una serie de gastos imprevistos, principalmente por contratos de emergencia, que supondrá un aumento respecto a las previsiones de gastos inicial en el presupuesto que se ha acaba de aprobar por la Asamblea.
“Ambos conceptos, tanto reducción de ingresos como aumento de gasto, aún no son cuantificables de forma definitiva, al menos hasta que finalice el estado de alarma, y pueda valorarse con calma su repercusión”, se subraya en el texto llevado al Consejo de Gobierno.
Por ello, indica que como hay “un descuadre presupuestario, se considera imprescindible y urgente actuar sobre la única variable controlable, que es el gasto”. Y añade que “se propone, al Consejo de Gobierno, como órgano competente para la ejecución del presupuesto, una serie de medidas temporales de contención del gasto hasta que se pueda valorar de forma viable el alcance real de la situación”, añade este documento publicado en el BOME.
Las medidas que se adoptan tienen que ver con la contratación o en materia de subvenciones, como se ha adelantado.
En contratación
En un primer punto, el BOME indica que no se iniciarán nuevos expedientes de contratación, lo que conlleva la no emisión de la correspondiente reserva de crédito por parte de la Intervención y, además, quedan suspendidos de forma provisional la tramitación de los expedientes de contratación que se encuentren en fase de preparación o adjudicación.
Pero se añaden excepciones, como son: los contratos necesarios para hacer frente a los gastos con financiación afectada; los contratos de servicios y de suministro de tracto sucesivo que sean imprescindibles para el normal funcionamiento de la Administración; contratos para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, se siga o no el procedimiento de emergencia; y contratos que sigan la tramitación urgente, que ahora debe ser aprobada por la Consejería de Hacienda. Además, se indica que en todos estos casos se tiene que incluir el acuerdo expreso que aparece en el real decreto del estado de alarma.
En subvenciones
En relación con las subvenciones, estas instrucciones aprobadas por el Consejo de Gobierno indican que no se pueden iniciar nuevos expedientes y que se suspende de forma temporal la tramitación de los expedientes de concesión directa de subvenciones. Aunque, como en el anterior caso de los contratos, se recogen una serie de excepciones.
La primera de ellas es que las subvenciones estén incluidas en las aplicaciones presupuestarias de ‘Servicios Sociales y promoción social’; ‘Fomento del empleo’; ‘Sanidad’; y ‘Comercio, turismo y pequeñas y medianas empresas’. También se podrán tramitar las subvenciones en las que, en función de su naturaleza, hayan incurrido en gastos de forma previa a su concesión durante el año 2019 o el primer trimestre del año 2020; así como las subvenciones directamente concedidas para combatir las consecuencias producidas por el COVID-19.
Además, el Consejo de Gobierno también podrá tomar la decisión de aprobar una subvención directa porque resulte de interés en estas circunstancias actuales y para ello, el consejero competente por razón de materia deberá elevar la propuesta motivada, con la cantidad de dinero y que cumpla con los requisitos anteriores.