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Los votos en los buzones que no estén certificados quedan depositados en la Junta Electoral de Zona

La Junta Electoral Central cree desaconsejable enviarlos a las mesas debido a la investigación que se está llevando a cabo en Melilla sobre este hecho

por José Ramón Ponce
25/05/2023 20:20 CEST
Los votos en los buzones que no estén certificados quedan depositados en la Junta Electoral de Zona

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La Junta Electoral Central decidió a última hora que los votos por correo que se recogieran en los buzones de Melilla deberán ser depositados por el personal de Correos en la Junta Electoral de Zona “para su custodia y no en la mesa electoral a la que van destinados”.

La decisión obedece al “detallado y razonado informe” que la Junta Electoral de Zona de Melilla presentó a Correos, a raíz de una petición de la Junta Electoral Central, en el que se señala que los sobres depositados en buzones como correspondencia ordinaria a partir del día 24 de mayo -o, lo que es lo mismo, este jueves, último día- “serán devueltos en todo caso a los electores para que éstos procedan a su remisión personal en la oficina de Correos dentro del plazo previsto”.

Esta estrategia se ha desarrollado para intentar acabar con el fraude que supuestamente se viene desarrollando en Melilla durante esta campaña electoral.

En efecto, en la resolución publicada por este organismo se indica que, según el informe de la Junta Electoral de Zona, el día 23 de mayo -es decir, el martes- tan sólo el 16,32 por ciento de todos los ciudadanos que habían solicitado el voro por correo -el 20,81 del censo electoral- habían entregado su papeleta en las oficinas de Correos, un número que este informe considera “escaso”.

Cabe la posibilidad, por tanto, de que, tras el acuerdo de la Junta Electoral Central del día 18 de mayo -extendido a todo el territorio nacional respecto al voto con destino a las mesas electorales de Melilla- que exigía la identificación del votante, sumado a la existencia de una investigación judicial por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Melilla en relación a la existencia de ua supuesta trama sobre el voto por correo que llevó a la detención de varias personas, éstas hayan optado por depositar su voto en los buzones ante el desconocimiento de la norma.

Según ha podido saber El Faro por parte de fuentes relacionadas con Correos, el voto por correo -valga la redundancia- no se puede depositar en los buzones -que quedan exclusivamente para cartas privadas o tarjetas postales-, ya que el este tipo de envío se tramita como certificado.

De hecho, el artículo 73 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) señala que los sobres que contienen el voto por coreo deben remitirse por correo certificado y el servicio de Correos conservará esta documentación hasta el día de la votación, cuando se trasladará a las correspondientes mesas electorales.

“Del tenor de dicho precepto se deriva que no será válido el voto por correo que no se remita por correo certificado”, indica la Junta Electoral Central.

Según las fuentes de Correos consultadas por El Faro, si fuera detectado algún voto por correo en cualquier buzón, se llamaría a la persona que lo hubiera echado, si existiera un teléfono u otro medio de contacto, o, en caso contrario, se remitiría a la Junta Electoral de Zona para que decida.

Por lo tanto, y en vistas de que, según estas fuentes, no se tiene en las oficinas ningún voto emitido en un buzón -que, por otra parte, se recoge todos los días-, probablemente parte de los que se hayan entregado por correo -11.707 en total-, es decir, todos los de los buzones, deben de estar ya en poder de la Junta Electoral de Zona.

Así lo expresa el dictamen de la Junta Electoral Central, según la cual “los sobres conteniendo el voto por correspondencia que aparezcan depositados como correo ordinario en los buzones deben ser remitidos por el servicio de Correos a las mesas electorales o, en su caso, a las juntas electorales constituidas en mesa electoral, salvo que, por razón de la fecha y siempre que el remitente sea conocido, sea posible que sean remitidos de nuevo a los electores para que efectúen su remisión por correo certificado”.

Este acuerdo, que ahora se modifica para entregar solamente a la Junta Electoral de Zona, tiene fecha de junio de 1999.

En conclusión, todos los votos que ayer se dejaron en un buzón, teniendo en cuenta “las peculiares circunstancias que concurren respecto al voto en la ciudad de Melilla, que los votos depositados en buzones son inválidos y para evitar también la confusión que se pueda provocar en las mesas electorales”, serán entregados directamente a la Junta Electoral de Zona de Melilla para su custodia, “teniendo en cuenta las investigaciones que se están realizando o las reclamaciones o recursos que puedan presentarse”.

Lo que dice, en resumen, según el presidente de la Junta Electoral de Zona, Miguel Ángel García, es que siendo inválidos esos votos, pues no se han remitido por certificado, en lugar de remitirse a la mesa, como la Junta Electoral Central tenia dispuesto en sus acuerdos, lo que pudiera llevar a alguna mesa a considerarlos válidos, sean remitidos a la Junta Electoral de Zona para su custodia, para así evitar la confusión y que la mesa no tenga que decidir sobre su validez o no.

Tags: EleccionesVotos por correo

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