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Funcionarios de carrera reclamarán el dinero dejado de percibir por antigüedad

Los empleados se basan en la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo

Por Redacción El Faro
19/09/2019 21:56 CEST
palacio-autonomico
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Decenas de funcionarios de carrera reclamarán a la Ciudad el dinero que dejaron de percibir por un máximo de cuatro trienios por concepto de antigüedad, cuando dejaron el puesto de personal laboral fijo y los ascienden a funcionarios.

Previo a la toma de posesión como funcionarios, estas personas trabajaban como personal laboral fijo les reconocían un número de 4 trienios, con una cuantía que superaba los 100 euros en algunos casos, no obstante, este monto quedó reducido a más de la mitad cuando son promovidos.

La reclamación de los funcionarios se basa en la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, de fecha 30 de mayo de 2019, que fija doctrina de interés casacional sobre el pago de los trienios consolidados en otro momento temporal y respecto de otra categoría laboral o funcionarial.

El documento reza que “a los efectos del artículo 93.1 de la LJCA, ha establecido en los precedentes fundamentos la interpretación de aquellas normas sobre las que el auto de admisión consideró necesario el enjuiciamiento del presente recurso de casación por esta Sala Tercera del Tribunal Supremo y, conforme a ello, declarará: el personal laboral tiene derecho a que los trienios reconocidos como personal laboral le sean abonados, tras adquirir la condición de personal funcionario, en la cuantía correspondiente al momento en que fueron perfeccionados”.

Los funcionarios de carrera solicitan a la Ciudad que reconozca el derecho de los trabajadores de percibir, un máximo de cuatro trienios, a quienes lo tenían consolidados por antigüedad como personal laboral, antes de la promoción a funcionario. El dinero dejado de percibir, en algunos casos podría superar los 600 euros por año.

Asimismo, piden el abono del dinero correspondiente por los atrasos de las diferencias no abonadas en los últimos cuatro años.

Los funcionarios de carrera que anteriormente eran personal laboral, y que vieron reducido el monto que les era abonado en casi un 50% por concepto de antigüedad donde contabilizan los trienios, hacen el reclamo.

Fundamento jurídico

En la sentencia, dentro del título ‘Fundamentos de derecho’ indica que “la demandante en la instancia, y ahora parte recurrida es funcionaria de carrera del Cuerpo de Gestión Administrativa una vez que superó el proceso selectivo de funcionarización. Antes y desde el 19 de noviembre de 1990, había prestado servicios como personal laboral para la Administración autonómica andaluza ahora recurrente, perfeccionando ocho trienios que se le retribuían conforme al convenio colectivo para el personal laboral de la Junta Andalucía; en concreto se le abonaba por tal concepto 27,96 euros por trienio, luego un total de 223,68 euros. Sin embargo, tras acceder a la condición de funcionaria pasó a percibir 125,30 euros”.

La Sala del Tribunal evaluó el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía a través del escrito del letrado por sus servicios jurídicos, contra la sentencia del 28 de octubre de 2016.

En los Fundamentos del Derecho, dejan claro que “la cuestión tiene interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia según el auto de 11 de abril -transcrito en el Antecedente de Hecho Cuarto de esta sentencia- esta Sala se ha pronunciado en la reciente sentencia, de 21 de mayo.

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