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Facua avisa: hay derecho al reembolso de servicios no disfrutados ante contagios de covid

La organización que defiende los derechos de los consumidores recuerda que se puede exigir la devolución del importe íntegro de los servicios contratados -viajes, hoteles, paquetes turísticos asistencia a eventos y espectáculos, etc.- que no se hayan podido disfrutar porque los diferentes gobiernos autonómicos establezcan nuevas medidas de restricción

La organización no gubernamental Facua-Consumidores en Acción recuerda que los usuarios tienen derecho al reembolso del precio de los servicios que no puedan disfrutar por seguir las indicaciones de las autoridades ante contagios de covid-19.

La organización retoma el artículo 36 del Real Decreto-ley 11/2020, del 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al covid-19. El mismo recoge que los usuarios tienen derecho a resolver "durante un plazo de 14 días" aquellos contratos -ya sea de compraventa de bienes o de prestación de servicios- que no sea posible cumplir como consecuencia de dichas medidas.

De ese modo, el plazo de resolución cuenta desde "la imposible ejecución del mismo siempre que se mantenga la vigencia de las medidas adoptadas que hayan motivado la imposibilidad de su cumplimiento".

En ese caso, los usuarios tendrían derecho a la devolución del importe íntegro de los servicios contratados -viajes, hoteles, paquetes turísticos asistencia a eventos y espectáculos, etc.- que no hayan podido disfrutar porque los diferentes gobiernos autonómicos establezcan nuevas medidas de restricción a la movilidad o limitaciones y su cumplimiento, por tanto, resulte imposible.

Para aquellos usuarios cuya movilidad quede restringida mientras se encuentran en un lugar turístico de destino en plenas festividades navideñas, se abren dos posibles situaciones, de acuerdo con Facua.

Por un lado, quienes puedan regresar a su lugar habitual de residencia tienen derecho a recuperar el dinero de hoteles, excursiones turísticas, etc., de los días que no hayan podido disfrutar por ser imposible el cumplimiento del contrato a causa de las medidas aprobadas para combatir la pandemia, según dicta el citado artículo.

Por otro, los que no hayan podido regresar y tengan que prorrogar su estancia en el lugar de destino más allá de las fechas que tuvieran contratadas, Facua considera que la Administración -estatal o autonómica- debería hacerse cargo de su manutención y hospedaje en tanto se vean impedidos poder retornar a sus domicilios.

Desde su surgimiento en 1981, Facua se dedica a defender los derechos de los consumidores sin ánimo de lucro. Independiente de gobiernos, partidos políticos, confesiones religiosas e intereses empresariales, esta ONG tiene un carácter marcadamente progresista, democrático, plural y participativo.

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