La pasada semana el Gobierno Central aprobó a propuesta de la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, el Real Decreto por el que se dio luz verde al baremo de valoración de la situación de dependencia (BVD) y la escala de valoración específica para menores de tres años (EVE). De esta forma, se modifica el anterior con el objetivo de garantizar una evaluación homogénea entre las comunidades autónomas. Además, se determina los criterios objetivos para la valoración del grado de autonomía de las personas.
Otro de los puntos es la confirmación del criterio establecido para las personas que tengan reconocida la pensión de gran invalidez y se mejora el régimen de homologaciones para aquellas que tengan reconocida la necesidad de asistencia de tercera persona, proporcionando el grado y nivel de dependencia que resulte más favorable.
Entrada en vigor
Este Real Decreto entrará en vigor un año después de su publicación y durante este tiempo se revisarán las guías y se adaptará el sistema, sin que estos cambios afecten a las personas valoradas antes de la entrada en vigor de este texto.
El nuevo baremo se aplicará a las personas que precisen de este servicio una vez entre en vigor, aunque la solicitud se haya producido con anterioridad y también se deberá aplicar a las posibles renovaciones de los grados de dependencia.
Características del baremo
El baremo de valoración de la dependencia (BVD) permite determinar el grado y nivel de las personas en situación de dependencia. Además de conseguir la homologación de las evaluaciones de las diferentes comunidades autónomas pretendiendo también mejorar la fiabilidad del instrumento, facilitar su aplicación por parte de los profesionales encargados de la valoración e incorporar la coordinación sociosanitaria en el proceso de valoración mediante la mejora de los informes de salud. Será aplicable a cualquier edad a partir de tres años.
Factores que intervienen
La valoración tiene en cuenta los informes existentes relativos a la salud de la persona y al entorno en que se desenvuelve. Asimismo, incluye la información obtenida mediante la observación, la comprobación directa y la entrevista personal de evaluación llevadas a cabo por profesional cualificado.
Este instrumento aporta instrucciones de aplicación, un protocolo con los procedimientos y técnicas a seguir, y la determinación de los intervalos de puntuación que corresponden a cada uno de los grados y niveles de dependencia.
Grado moderado
Por otro lado, el Gobierno central también aprobó los servicios y las prestaciones económicas que recibirán las personas con dependencia moderada y que corresponden al Grado I. Los servicios son la teleasistencia, la ayuda a domicilio, el Centro de día y el de noche.
A los que hay que sumar los servicios de la promoción de autonomía personal que incluyen la habilitación y terapia ocupacional, la atención temprana, la estimulación cognitiva, el mantenimiento de la autonomía funcional, la habilitación psicosocial para personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual y los apoyos personales y cuidados en viviendas tuteladas.
Prestaciones económicas
La cuantía de las prestaciones económicas para este año 2011 a las personas que presentan un Grado I de dependencia en nivel dos son de 300 euros vinculada al servicio y de 180 para cuidados en el entorno familiar.
Además, habrá una serie de limitaciones como que el cuidador no tenga reconocida una situación de dependencia o que la persona cuidadora conviva con el beneficiario.
Valoración para menores de tres años
Los menores de tres años serán valorados mediante la Escala de Valoración Específica (EVE) y no tiene carácter permanente, por lo que se establecen revisiónes de oficio periódicas a los seis, doce, 18, 24 y 30 meses. Cuando los niños cumplen tres años deberán ser nuevamente valorados mediante el BVD.
La EVE analiza la situación de dependencia de niños y niñas, comparando su situación con el funcionamiento esperado en otros de la misma edad. El objetivo es valorar las actividades que el menor puede hacer, independientemente de cuál sea la ayuda que recibe habitualmente. La Escala se aplica mediante la observación de algunas variables de desarrollo, de las necesidades de apoyo en salud para determinadas funciones vitales básicas, de la necesidad de medidas que afectan a la movilidad y de si hubo bajo peso en el momento del nacimiento.
Grados y niveles de dependencia
La dependencia es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.
A partir del baremo de valoración de la dependencia, se establecen tres grados de dependencia, siendo el Grado I la dependencia moderada, esto es, cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria al menos una vez al día o cuando tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
Se considera Grado II la dependencia severa, siendo esta situación cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador o cuando tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
Finalmente, el Grado III es considerada la gran dependencia y se identifica cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o cuando tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.