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El fraude de Melilla reabre el debate sobre cómo exigir el DNI a los votantes por correo

Algunos partidos políticos dirigen sus miradas a la Junta Electoral Central (JEC), la máxima autoridad administrativa, que de oficio podría aprobar una instrucción sobre el voto por correo, aunque el propio organismo ha recalcado en alguna de sus resoluciones que su función no es la de legislar.

Con el anticipo de las elecciones generales al 23 de julio, en pleno periodo vacacional, y cuando todavía no se ha esclarecido lo ocurrido en Melilla con los votos por correo, el debate sobre si es necesario exigir el DNI a todos los electores que acudan a una oficina de Correos se vuelve a plantear con fuerza.

No solo porque se prevea que pueda incrementarse este tipo de voto debido a que muchos ciudadanos puedan estar de vacaciones, sino por la necesidad de que no vuelvan a repetirse episodios que empañen la nueva campaña electoral que empieza la noche del 7 de julio.

Sin embargo, reforzar este procedimiento con la nueva exigencia de mostrar el DNI cuando se envía la papeleta supondría de facto reformar la Ley del Régimen Electoral General (LOREG) y, con las Cortes Generales disueltas, esta opción, se antoja imposible.

Ante esta situación, algunos partidos políticos dirigen sus miradas a la Junta Electoral Central (JEC), la máxima autoridad administrativa, que de oficio podría aprobar una instrucción al respecto, aunque el propio organismo ha recalcado en alguna de sus resoluciones que su función no es la de legislar.

El precedente de Melilla

El presidente del PP de Melilla, Juan José Imbroda, ha anunciado que todas las resoluciones de la Junta Electoral vinculadas a Melilla siguen vigentes y que por lo tanto se pedirá el DNI o un documento oficial acreditativo el 23 de julio cuando los votos por correo se dirijan a las Mesas electorales de esta ciudad autónoma.

La Junta Electoral Central (JEC) confirmó el 18 de mayo esta identificación personal del elector ante la solicitud que le hizo el Ministerio del Interior de exigir la identificación del votante en el momento de depositar el voto en las oficinas de Correos.

¿Pondría la Junta Electoral Central ese requerimiento en toda España?

La JEC aclaró recientemente en otra resolución que no puede modificar la LOREG y que son las Cortes o el Gobierno el que debe hacerlo.

"La administración electoral debe aplicar los procedimientos dispuestos en la legislación electoral en tanto no sean modificados por el legislador. Cualquier modificación que se quiera hacer deberá dirigirse a las Cámaras legislativas o al Gobierno, como titulares de la potestad de la iniciativa legislativa", señaló el 25 de mayo.

Sin embargo, fuentes cercanas a la autoridad electoral abren la puerta a que se puedan plantear una nueva instrucción de cara al 23 de julio.

Como máxima autoridad electoral encargada de garantizar la transparencia y objetividad del proceso electoral puede hacer declaraciones institucionales, cursar instrucciones de obligado cumplimiento a las Juntas Electorales Provinciales o ejercer potestad disciplinaria.

El papel de las Cortes

Cualquier reforma de la LOREG supone un trámite parlamentario difícil, tal como recuerdan a EFE algunos diputados que negociaron la última reforma de esta ley que suprimió el voto rogado de los españoles residentes en el extranjero para facilitarles su derecho de sufragio.

Y es que aunque la LOREG ha sido reformada más de 20 veces, cualquier cambio, por pequeño que sea, necesita el máximo consenso ya que se trata de una Ley Orgánica que requiere mayoría absoluta en sus modificaciones, y en muchos casos los partidos aprovechan para introducir reclamaciones que nada tienen que ver con el asunto principal.

Lo cierto es que el adelanto electoral ha dejado en el aire una posible reforma, ya que al disolverse las Cortes Generales también ha decaído la subcomisión que se había encargado de retocar la ley y que empezó por suprimir el voto rogado.

Algunos partidos creen que podría haber dado tiempo a tramitar una reforma antes de diciembre, fecha en la que estaban previstos inicialmente los comicios generales pero otros inciden en que el entendimiento en periodo electoral hubiera sido muy difícil.

No obstante, sobre la mesa de la subcomisión, según señala uno de los diputados que la compone, no estaban reformas de calado, sino cambios muy puntuales, como modificaciones de plazos, por ejemplo en la presentación de candidaturas.

Nada de modificar la esencia de la ley.

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