El juez titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Melilla condenó ayer a un individuo a una multa de 1.080 euros y a un año de privación del derecho a conducir vehículos a motor o ciclomotor. Lo hizo después de que el acusado reconociera que había cometido un delito contra la seguridad vial al ponerse al volante bajo la influencia de sustancias estupefacientes.
De este modo, el encausado admitió los hechos recogidos por la fiscal en su escrito de acusación. En el mismo, al que ha tenido acceso El Faro, se expone que el 12 de mayo de 2016, sobre las 16:00 horas, el acusado condujo por la calle Ibáñez Marín pese a que había ingerido previamente cocaína. Al hacerle efecto la droga, disminuyeron sus facultades psicofísicas, por lo que el procesado vio disminuidas, entre otras, sus capacidades de equilibrio y marcha.
Daños y lesiones
En consecuencia, cuando llegó a la altura del número 52 de la calle nombrada anteriormente, colisionó contra otro vehículo que circulaba por la carretera. Este, a su vez, chocó contra un segundo automóvil que también estaba en marcha, mientras era conducido por otro individuo.
A consecuencia del impacto, uno de los afectados sufrió cervialgia postraumática y necesitó 21 días para su curación, de los que siete estuvo impedido para el desarrollo de sus funciones.
El segundo perjudicado por el impacto padeció las mismas lesiones, aunque en este caso tardaron 45 días en curar, siendo 15 de ellos impeditivos.
Según se recoge en el escrito de la Fiscalía, el encausado ocasionó daños en los dos vehículos contra los que impactó, siendo tasados en 210 y 1.102 euros.
Además, el acusado tendrá que indemnizarlos por las lesiones, por las que pagará a uno de ellos 840 euros y al otro la cantidad de 1.800 euros.
Conformidad
La representante del Ministerio Público accedió a rebajar la pena solicitada para el procesado después de que este manifestase su intención de colaborar con la Administración de Justicia. Finalmente, pidió para él una multa de 1.080 euros y la privación del derecho a conducir por un año, además de las correspondientes indemnizaciones para los dos perjudicados. No obstante, inicialmente interesaba una sanción de 4.320 euros y dos años y nueve meses de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores. El encausado se mostró conforme con los términos de la condena expuestos por la fiscal.
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