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El Supremo rebaja la condena de dos años a un trimestre de prisión
El Tribunal Supremo ha rebajado de dos años de prisión a tres meses la pena impuesta a un cabo militar profesional destinado en el Peñón Alhucemas (Melilla) que apuñaló a un soldado, el camarero en la cantina de tropa, porque, siguiendo órdenes, no le quiso suministrar cerveza cuando la pidió.
Los hechos ocurrieron una madrugada de marzo de 2013, cuando varios militares bebían en la cantina de un cuartel en Melilla y uno de los camareros, siguiendo órdenes, se negó a servir más alcohol a los que estaban embriagados.
El acusado, cabo de tropa profesional, amenazó al soldado que actuaba como camarero y luego abandonó el bar. Poco más tarde el soldado en cuestión salió de la cantina y le pidió explicaciones al cabo. Tras una discusión, el cabo consiguió tirar al suelo al soldado y cortarle en la espalda con una navaja.
El reo argumentó en su defensa que padece personalidad ansiosa que limita su autocontrol y que estaba bebido. El Supremo acepta la eximente parcial por el alcohol y, sobre todo, valora las dilaciones indebidas ocurridas en el procedimiento para rebajar la pena del culpable.
"Es evidente que desde el año 2013 hasta mayo de 2015 la causa sufrió una inactividad que ha de calificarse como unas dilaciones que carecen de justificación" y que exceden el plazo razonable, señala el Supremo.