La delegación de la Asociación Pro Guardia Civil (Aprogc) en Melilla denunció ayer una supuesta irregularidad cometida por el juez Emilio Lamo de Espinosa.
En un comunicado que envió ayer la entidad, en el que no aparecía la firma de ninguno de los responsables de la asociación, se asegura que Lamo de Espinosa fue el juez de instrucción en un caso que más tarde fue recurrido ante la Audiencia Provincial. Este mismo juez formó parte del tribunal de dicha Audiencia y resolvió sobre ese mismo recurso, siempre según la nota de Aprogc, que se hace eco de una noticia de la Cadena Ser en Melilla. Precisamente la directora de esta emisora es la esposa del coronel jefe Ambrosio Martín Villaseñor, al que el juez Lamo de Espinosa imputó por las denominadas ‘devoluciones en caliente’ de inmigrantes. data-original-string="aOBuyT/47YPgNpzYRJnhqQ==5faCUDGO+elS4oflJXlBrXFw3eLnPsr+xh1jUE4+HhwPOJeGZXT4RREFc77xMFdBoD4" class="apbct-email-encoder" title="Este contacto ha sido codificado por Anti-Spam by CleanTalk. Haz clic para decodificar. Para finalizar la decodificación, asegúrate de que JavaScript está activado en tu navegador."> de**********************@ap****.es
El escrito en el que Aprogc hace esta denuncia se envió desde el correo electrónico:
, pero sin el membrete de la asociación, que de forma habitual se incluye en sus comunicados.
Aprogc reconoce en su nota que conoció esta noticia a través de la Cadena Ser. También señala que “una vez comprobada la veracidad de la información”, el hecho protagonizado por el juez “podría vulnerar el artículo 392, en el que se indica la obligación de abstención” de este magistrado, además de otros puntos de la Ley Orgánica del Poder Judicial. “Desde la asociación esperamos que el citado caso, se aclare en interés de la justicia y se investigue con la misma contundencia y rigor con el que el citado juez instruyó las recientes causas contra guardias civiles”, asevera.
“Difícil justificación”
Aprogc explica en el comunicado que entiende que “este tipo de situaciones tienen difícil justificación puesto que un juez no puede alegar el desconocimiento de la Ley Orgánica del Poder Judicial”. Es más, apunta que “podría alegar que fue un lapsus” y añade que no quiere “imaginar las consecuencias para un guardia civil que para justificar una acción en sede judicial alegara tener un lapsus”.
Por otro lado, la asociación se pregunta que “si se comprueba que se vulneraron los derechos de un inmigrante en esa causa”, en qué juzgado se podrá presentar la acusación particular para resolver el caso.
La delegación de Melilla de Aprogc destaca también en ese comunicado que emitirá un escrito más extenso una vez que “estudiado este tema en profundidad”.