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Inicio » Tribunales y Justicia

Un año sin carné de conducir por cuadruplicar la tasa de alcohol permitida

por Redacción El Faro
30/07/2013 20:24 CEST

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Un hombre aceptó ayer la pena de un año y un día sin carné de conducir, seis meses de multa a razón de seis euros diarios (1.092 euros) y una indemnización de 61,40 euros a la Ciudad Autónoma por conducir el pasado 12 de julio de 2012 bajo los efectos del alcohol, con una tasa que cuadruplicaba la permitida y chocar contra una señal vertical de paso de peatones en la calle Donantes de Sangre. La defensa del acusado, J.A.M.R., y la Fiscalía llegaron a un acuerdo por el que se le aplicó la pena mínima para un delito contra la Seguridad Vial recogido en el artículo 379.2 del Código Penal.
J.A.M.R. conducía aquella noche por la citada calle, chocó contra una señal de tráfico que derribó con su vehículo. Los agentes de la Policía Local le realizaron la prueba de alcoholemia dio una tasa de 1,08 miligramos por litro de aire expirado, el cuádruple de la tasa legal permitida, 0,25 mg/l. Además, el atestado policial indicaba que presentaba síntomas evidentes de que conducía ebrio, como “ojos brillantes” y “dificultades en el habla y movimientos”.
Una vez aceptada la sentencia ‘in vocce’, el acusado hizo entrega al juez del Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla de su carné de conducir, bajo advertencia de que en caso de ser sorprendido conduciendo, nuevamente sería acusado de un delito contra la Seguridad Vial y en ese caso sería reincidente.

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