Las navieras tendrán que devolver el dinero del billete cuando el buque salga con más de 90 minutos de retraso, indemnizarán si llega tarde y ofrecerán comida, bebida y hotel.
Los melillenses que realicen sus trayectos a la península en barco tendrán a partir del 31 de diciembre nuevos derechos. La Unión Europea obliga a partir de final de este mes a aplicar su nuevo reglamento, que entre otras cosas, exige a las navieras a devolver a los viajeros el importe de su billete si el barco sale con más de 90 minutos de retraso. Los pasajeros tendrán también opción, si no eligen recuperar su dinero, de que sin pagar ningún coste adicional se les ofrezca un transporte alternativo que los lleve hasta su destino.
A través de esta nueva normativa, que ya se está aplicando por ejemplo en Ceuta, los pasajeros que realicen sus viajes en barco tendrán a partir de ahora derechos similares a los que realizan sus trayectos en tren o en avión. Hace cuatro años la Comisión Europea decidió presentar la propuesta, que ahora es ya un reglamente firme. Hasta ahora, no existía ningún acuerdo específico que estableciera los derechos generales en este medio de transporte.
Además de los casos en los que el barco salga tarde, también se contemplan en la nueva normativa aquéllos en los que el buque llegue con retraso a su destino. En estas ocasiones, el viajero tendrá derecho a una indemnización de entre el 25% y el 50% del precio de su billete.
Junto a las indemnizaciones o devolución de dinero, los viajeros que realicen sus trayectos en barco también tendrán que recibir por parte de las navieras una asistencia “adecuada” muy similar a la que se da cuando se produce un retraso en un vuelo.
Así, se ofrecerá a los perjudicados comida y bebida durante el tiempo de espera. También se les ofrecerá alojamiento en el caso de que fuera necesario de hasta tres noche. Además, los viajeros a los que se les cancele la salida del barco o se les retrase más de una hora y media, tendrán una cobertura financiera de hasta 80 euros por noche en el hotel donde tengan que alojarse.
No obstante, el reglamento contempla excepciones en casos en los que el retraso se produzca a consecuencia de condiciones meteorológicas adversas o circunstancias que puedan poner en peligro la seguridad de la navegación del buque. Entre estos fenómenos se encuentran los fuertes vientos o el mar agitado.
Las empresas tendrán, a partir de ahora, que tener espacios donde los viajeros puedan tramitar sus reclamaciones, así como unas instalaciones debidamente preparadas para atender a personas con discapacidad o movilidad reducida, tanto en las terminales portuarias como a bordo de los barcos.
En cuanto a los accidentes que puedan producirse, la normativa establece que los viajeros tendrán derecho a indemnización en caso de fallecimiento, lesiones personales o pérdida de equipaje o vehículos, así como deterioro en los mismos. Además, en un plazo máximo de quince días desde que se produzca el accidente, podrán recibir un anticipos para cubrir las necesidades económicas derivadas del accidente. No obstante, hasta ahora estos derechos ya estaban regulados por el seguro obligatorio de viajeros, que se adquiría al comprar el billete.
Por parte de las navieras que realizan viajes desde Melilla o con destino a la ciudad, el gabinete de Armas indicó que no sabían si se estaba aplicando ya la normativa, aunque aseguraron que seguirán lo que indique la UE. En cuanto a Acciona Transmediterránea, fue imposible contactar con los responsables de comunicación.