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Inicio » Política

Gutiérrez: “La bonificación del 50% al transporte ha quedado blindada”

por Redacción El Faro
02/11/2012 23:58 CET
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El diputado nacional fundamenta su afirmación en la inclusión, en el texto de la enmienda a la Disposición Adicional Décima, de la expresión  “vigencia indefinida”. El diputado nacional por Melilla, Antonio Gutiérrez, aseguró ayer en declaraciones a El Faro que la bonificación del 50% en los transportes marítimos y aéreos para residentes, tanto de Melilla, como de Ceuta, Canarias y Baleares “ha quedado blindada”. Gutiérrez basa esta afirmación en la inclusión, en la enmienda de modificación a la Disposición Adicional Décima de la expresión “con vigencia indefinida”, refiriéndose al 50% de la tarifa bonificable.
Según se recoge en el punto tres de la enmienda, “el porcentaje de bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo de pasajeros entre las Comunidades Autónomas de Canarias e Illes Balears y las Ciudades de Ceuta y Melilla, respectivamente, y el resto del territorio nacional, así como en los viajes interinsulares será, con vigencia indefinida, del 50% de la tarifa bonificable por cada trayecto directo de ida o de ida y vuelta”.
No obstante, el diputado precisó que todavía debe ser aprobada por el Pleno de la Cámara, aunque se muestra casi seguro de que será así, primero porque el Grupo Popular –mayoritario– ya ha dado el sí “y porque no creo que haya ninguna formación que vaya a votar en contra”, indicó.  
Pero junto a este ‘blindaje’ del porcentaje de bonificación, el texto de la enmienda recoge otros aspectos también destacados por Gutiérrez, como por ejemplo qué se considera trayecto directo.
En este sentido, y según el literal de la enmienda, “se considera trayecto directo de ida aquél que se realiza desde el aeropuerto o helipuerto del punto de origen en los archipiélagos, Ceuta o Melilla, al de destino final, distinto del anterior, en el territorio nacional y viceversa, sin escalas intermedias o con escalas, siempre que éstas no superen las 12 horas de duración, salvo aquellas que vinieran impuestas por las necesidades técnicas del servicio o por razones de fuerza mayor”.
Es decir, y según explicó, un viaje de Melilla a La Coruña, que no tiene vuelo directo y por tanto necesita escala, la bonificación del 50% se aplicaría tanto para el trayecto por ejemplo a Málaga –si se opta por esa escala– y también en el de Málaga a La Coruña, siempre que éste se realice sin superar las 12 horas.
Otro aspecto que contempla esta modificación es que a partir del 1 de abril comenzarán a aplicarse las bonificaciones para los nacionales de de terceros países beneficiarios del derecho de residencia o del derecho de residencia permanente y los ciudadanos nacionales de terceros países residentes de larga duración, siempre y cuando, acrediten que son residentes bien en Melilla, Ceuta, Canarias o Baleares.
Hasta ahora sólo podían beneficiarse de esta bonificación los españoles y los ciudadanos de países pertenecientes a la UE, a otros estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y a Suiza .
Por último, Gutiérrez resaltó de esta enmienda que si bien la condición de residente deberá acreditarse mediante el certificado de empadronamiento en vigor de cada una de las autonomías donde se aplique, “reglamentariamente podrán establecerse otros medios para la acreditación de la condición de residente, en sustitución del previsto en este apartado o como adicionales a éste”, según reza en la enmienda.

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