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Inicio » Economía, Empleo y Turismo

Campaña de la declaración de la renta: Toda la información necesaria para este año

El plazo se abrirá el 2 de abril hasta el 30 de junio para más de 24 millones de españoles

por Joaquín Morales Bautista
27/03/2025 14:04 CET
Juan Carlos Fernández

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A menos de una semana de que arranque la campaña de la declaración de la renta, los melillenses deben estar preparados para la gestión tributaria más importante de todo el año.

Más de 24 millones de ciudadanos españoles deberán declarar sus ingresos correspondientes al ejercicio de 2024, en lo que supone ponerse al día con el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, no todos los españoles tienen la obligación de presentar la declaración, aunque para los que deben hacerlo, es recomendable seguir todos los pasos al detalle y revisarlo todo con esmero antes de enviar la documentación pertinente.

Y es que equivocarse con la declaración o en los pagos puede acarrear severas sanciones económicas. Por ello es fundamental conocer las fechas y los pasos clave a seguir durante esta campaña.

Fechas

El plazo de presentación de la campaña de la renta de este 2025 tendrá una duración de casi 3 meses. No obstante, conviene no demorarse en exceso y dejarlo todo para última hora. Al ser una cuestión de obligado cumplimiento para miles de melillenses, es vital conocer las fechas clave.

En primer lugar, será a partir del próximo miércoles 2 de abril cuando se podrá empezar a cumplimentar la declaración a través de internet. Ya el martes 29 de abril, se abrirá el plazo para solicitar cita previa para la presentación telefónica de la declaración, cuya presentación se iniciará a partir del 6 de mayo.

Para entregar la declaración de forma presencial, el plazo para pedir la cita previa se abrirá a partir del 29 de mayo y será el 2 de junio cuando se podrá hacerlo de ese modo en la oficina de la Agencia Tributaria.

El 25 de junio será el último día para entregar las declaraciones con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria, mientras que el día 27 del mismo mes será la última fecha para pedir cita previa para presentar la declaración, tanto por teléfono como de forma presencial.

El plazo para presentar de declaración de la renta de este año cerrará por último el 30 de junio.

Obligados a presentar la declaración

Lo primero que hay que asegurarse es si se está obligado o no a declarar. Una cuestión condicionada a los ingresos que recibe cada persona o al número de pagadores.

Este año están obligadas a presentar la declaración:

  • Todas las personas con ingresos superiores a 22.000 euros provenientes de un único pagador.
  • Todas las personas con ingresos que superen los 15.876 euros si se tienen dos o más pagadores y si la suma de las percepciones del segundo y de los siguientes pagadores supera los 2.500 euros.
  • Cualquier ciudadano dado de alta como trabajador autónomo.
  • Quien cumpla con otros requisitos estipulados en la normativa vigente.

Por otro lado, la obligación de presentar la declaración para las personas que hayan cobrado prestaciones de desempleo en 2024 se aplaza hasta el próximo año.

En cambio, al igual que en campañas anteriores, deberán seguir presentándola los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y los autónomos, independientemente de su volumen de ingresos.

Deducciones y cambios

En esta campaña, cabe destacar la ampliación del plazo para poder deducir las cantidades destinadas a obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales hasta el 31 de diciembre de 2024.

Asimismo, también se amplía el plazo de las deducciones por la compra de coches eléctricos y por la instalación de puntos de recarga correspondientes a todo el año 2024. Además, las deducciones por donaciones a entidades sin ánimo de lucro aumentan hasta el 80 % en los primeros 250 euros, y hasta un máximo del 45 % para el importe restante.

Por otro lado, es necesario señalar que las cantidades satisfechas con carácter extraordinario por los empleadores a los trabajadores y familiares que vayan destinadas a sufragar los daños personales y materiales ocasionados por la DANA del pasado año están exentas de tributación. Para ello, hay que acreditar la condición de afectado e indicar el importe de los daños con un certificado de la empresa aseguradora o, en su defecto, de un organismo público.

Otra de las novedades de esta campaña es el aumento en la reducción por rendimientos del trabajo, que pasa de 6.498 euros a 7.302 euros anuales, con el objeto de beneficiar a los contribuyentes con salarios bajos. Además, las deducciones por alquiler de vivienda experimentan cambios. En lugar del 60 % habitual, en la mayoría de las comunidades autónomas la deducción será del 50 %, mientras que en las zonas tensionadas se ofrecerán deducciones mayores, hasta un 90 % en caso de reducción de precios o del 70 % si se alquila a jóvenes.

Otra novedad significativa es el mayor control sobre los ingresos obtenidos a través de plataformas digitales. La Agencia Tributaria exigirá que estas plataformas informen sobre la compraventa de artículos nuevos y de segunda mano, con el objetivo de evitar la economía sumergida. Los vendedores deberán reportar sus datos, especialmente si venden más de 30 productos o si sus transacciones superan los 2.000 euros. Además, los contribuyentes podrán deducir el 80% de los primeros 250 euros donados a entidades oficiales, un aumento respecto al límite anterior de 150 euros.

Medios

Existen varias formas de presentar la declaración de la renta 2024. Los usuarios podrán hacerlo a través de internet, por teléfono o de la forma más tradicional, presencialmente en cualquiera de las oficinas de la Agencia Tributaria solicitando una cita.

  • Por internet: Es la forma más cómoda y rápida. Puede hacerse a través de la web de la Agencia Tributaria (https://sede.agenciatributaria.gob.es/) identificándose con Cl@ve PIN, certificado digital o credenciales bancarias.
  • Por teléfono: La Agencia Tributaria confeccionará la declaración si solicitas cita previa a partir del 29 de abril.
  • Presencialmente: Se puede acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria para que confeccionen la declaración, siempre y cuando se solicite la cita previa, a partir del 29 de mayo.

Este año se han fijado métodos adicionales para abonar las cantidades a ingresar en la declaración. Por vez primera, ​los contribuyentes podrán realizar el pago de la renta mediante Bizum, si esta sale a pagar. Aunque se mantienen las opciones habituales, como el pago con tarjeta bancaria, transferencia, ingreso en cuenta y domiciliación bancaria.

Para cualquier duda o aclaración, los ciudadanos pueden dirigirse a la página web facilitada por la Agencia Tributaria, donde se facilitan las fechas, así como el borrador de la declaración.

Tags: campañadeclaracion de la renta

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