Con el fin de manipular las elecciones, tal cual consta en su impugnación junto a un total de 17 denuncias, en las que 13 de los denunciantes se autoinculpan en un presunto delito electoral. Coalición por Melilla ha perfeccionado en su recurso electoral contra los resultados de las elecciones en Melilla su argumento en contra del PP. Ya no sólo habla de que se utilizaron sobres de “color distinto” para asegurar que los “2.000 votos comprados” a los electores por los populares se emitieron en las urnas a favor del Partido Popular. Da por hecho en su impugnación que el Partido Popular de Melilla “encargó” expresamente un sobre electoral diferente al empleado por el resto de candidaturas “para conseguir su identificación durante el acto de votación”.
A modo probatorio de cómo se comprobaba que la papeleta que iba introducida en esos sobres -de tonalidad más clara que otros, pero igualmente de color sepia-, llevaban efectivamente en su interior y en todos los casos un voto a favor de la candidatura del Partido Popular, CpM alega, a título anecdótico, “que en el acto de escrutinio, los miembros de las mesas electorales conocían qué papeleta se encontraba en el interior tan sólo por el color del sobre, que identificaban perfectamente como del Partido Popular”.
Además, CpM propone que los sobres sean cotejados con los que, según sostiene en su impugnación, están custodiados por la Junta Electoral de Zona. Un extremo sin embargo imposible porque, una vez finalizado el escrutinio en cada mesa electoral, por normativa legal todos los sobres y papeletas se destruyen, salvo aquellos que por algún motivo han sido objeto de distinta valoración y en tal sentido quedan reflejados o protestados en las correspondientes actas electorales. A este respecto, se añade que CpM no levantó acta de la distinta tonalidad de algunos de los sobres electorales en ninguna de las mesas habilitadas por las votaciones y que tampoco realizó denuncia alguna en dicho sentido durante el escrutinio o recuento definitivo que tres días después del 22-M llevó a cabo formalmente la Junta Electoral de Zona.
Artimaña premeditada
Para CpM, no es posible admitir que se trate de sobres una tonalidad más clara sino de “sobres de color distinto al oficial, perfectamente distinguibles del resto y a distancia”, que fueron encargados con tales características premeditadamente por el PP, con el fin de controlar el sentido de voto de los electores e infringiendo con ello el derecho al secreto al sufragio proclamado por la Constitución española.
Por todo ello, colige que se han vulnerado derechos fundamentales e insiste en que los sobres más claros fueron en todos los casos utilizados por el PP, para ejercer “un absoluto control de a cuál formación política se votaba”, además de “confeccionados” por el mismo Partido Popular expresamente y a tal fin.
En su impugnación, CpM añade que la aparición de los sobres “distintos a los oficiales se dio en todas las mesas, aunque reconoce que “sólo se estudió en la del distrito 2, sección 1, mesa U” –correspondiente a una del parvulario del Colegio España-, pero que “fueron repartidos por toda la ciudad y utilizados por multitud de electores”.
Propaganda electoral
Como segundo motivo crucial para solicitar la repetición de las elecciones en Melilla, CpM alega que en tres mesas electorales los populares introdujeron propaganda electoral en el catering que sirvieron a sus interventores y apoderados, lo que se denunció tanto por CpM y PSOE y la Junta Electoral de Zona desestimó por entender que en todo caso se trataba de un presunto delito que debía derivarse a la jurisdicción penal ordinaria.
Aún así, los cepemistas entienden que las tres mesas –una del Colegio Mediterráneo, otra del Rusadir y una tercera del Colegio Estopiñán (Altos del Real)- donde tanto CpM como el PSOE denunciaron al PP por el mismo motivo, evidencian que no hubo igualdad de oportunidades para todas las candidaturas y que no se ha valorado la influencia que ello pudo tener “en el elector indeciso ni la confusión que pudo generar”, por lo que insisten en que se violó el principio de igualdad en la concurrencia electoral.
Compra de votos
Como tercer motivo, los cepemistas alegan “falta de libertad” entre el electorado para emitir su voto, mediante el intento de compra del mismo por medio de “recompensas, dádivas, remuneraciones o promesas”, para lo que se apoya en 18 denuncias de particulares, presentadas en todos los caso entre el día 30 de mayo y 8 de junio, en la mayoría el día 1 del mes en curso, y en las que se denuncia, igualmente de forma mayoritaria, a un tal Sr. Benaissa como el autor de sobornos y pago de dinero –entre 30 y 200 euros- para asegurar sufragios a favor del Partido Popular.
En dichas denuncias, 13 de las personas que las suscriben se autoinculpan voluntariamente en un presunto delito electoral, al admitir que recibieron dinero y que por ello votaron al PP. Otras añaden que incluso acudieron al mismo partido a exigir más dinero que se le había prometido o el trabajo que igualmente se les comprometió, sin que en ningún caso, según costa en las denuncias y se reseña en la impugnación cepemista, “en el PP cumplieran con las promesas”.
Además, en una de las denuncias se acusa de forma imprecisa a una persona que se dice actuaba en nombre del PP; en otra, presentada el día 30, se asegura que se vio a activistas del PP en la madrugada del día de las votaciones intentando comprar votos a cambio de dinero e incluso se identifica la matrícula de los vehículos que conducían; y en una última, se acusa expresamente al presidente de la A.V. Barrionuevo de la Cañada de Hidum, bajo el apodo de ‘Pilito’, como autor de un “soborno” a cambio de votos para el Partido Popular.
Todo lo anterior, concluye CpM, es de “suma gravedad, no sólo con efectos penales, sino que ha tenido un gran incidencia en la libertad de los ciudadanos a la hora de elegir una determinada formación política, al formar su convicción sobre la base de las dádivas o recompensas que una determinada formación les ofreció”.
Diferencia numérica
Por otra parte, CpM alega que de haber obtenido 54 votos más, aunque no se viera alterada la mayoría de escaños obtenida por el Partido Popular (15), sí habría conseguido un séptimo diputado local que, no obstante, tal cual reconoce, se hubiera restado al partido Populares en Libertad de Ignacio Velázquez.
Este argumento lo aduce para subrayar que, “las determinantes irregularidades” denunciadas han promovido un resultado distinto al que se hubiera conseguido de no haberse producido lo que ha venido a calificar de “pucherazo electoral del PP”.
Peticiones
Por todo ello, como peticiones ante la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, CpM pide que se repitan las elecciones “al no haberse respetado ni el derecho al voto secreto ni su ejercicio en libertad”, ni tampoco el derecho al sufragio pasivo en igualdad de condiciones por el reparto de propaganda electoral del PP en el catering servido a los interventores populares en tres mesas electorales.
No obstante, “como alternativa”, solicita que al menos se anulen las elecciones en aquellas mesas donde se “estudió” la presencia de sobres de tonalidad distinta, la 3.1.U. del Parvulario del Colegio España, y en las otras tres de los colegios Mediterráneo (5.1.B), Rusadir (4.4.B) y Altos del Real o Estopiñán (7.6.B), donde se repartió el catering con propaganda del Partido Popular.
Tanto en un caso como otro, solicita que no se constituya la nueva Asamblea de Melilla entre tanto se convocan de nuevo las elecciones o, al menos, se vuelven a repetir en las cuatro mesas electorales de las que reseña específicamente las “irregularidades” que denuncia.