Este viernes, o más tardar el próximo lunes, se publicarán las listas definitivas de profesores interinos de aquellas especialidades en las que este año no se celebran oposiciones. Es decir, todos los Cuerpos docentes menos los de maestros de Educación Infantil, Educación Primaria, Inglés, Audición y Lenguaje y Pedagogía Terapéutica. Y finalmente el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEC) ha decidido incluir en los listados a aquellos interinos que confirmaron su solicitud pero no la llegaron a registrar y que -y este matiz es importante – sí que presentaron la consiguiente reclamación por este motivo.
Así lo manifestó el director provincial del MEC en Melilla, Juan Ángel Berbel, durante una reunión mantenida con representantes de los sindicatos de la ciudad.
Como se recordará, el pasado 19 de mayo se publicaron las listas provisionales de candidatos admitidos. Fue entonces cuando se vio que cerca de 200 aspirantes habían sido excluidos por, y citamos literal, “no haber presentado la solicitud”.
Muchos de ellos, efectivamente y por el motivo que sea, no habían renovado su permanencia en la lista. Hay que recordar que en el caso de muchos docentes esta es la llave de entrada para poder trabajar el próximo curso: cuando se convocan oposiciones, las personas que no aprueban son ordenadas en estas listas, denominadas generales, en función de un baremo.
Y también se suelen realizar convocatorias extraordinarias cuando ya no quedan profesores sin trabajar en estas primeras listas o de algunas especialidades, sobre todo de FP y similares, donde nunca se han convocado oposiciones de determinadas especialidades.
“Hay personas que puede que no hayan presentado ahora su solicitud porque ya estén trabajando en otra comunidad o porque estén tan lejos de los primeros puestos que no vean fácil trabajar aquí, por ejemplo”, manifestó en su día Berbel, a la vez que recordó que el 93% de los solicitantes sí que había realizado bien los trámites, “que son similares a los de las últimas cuatro convocatorias”, apostilló.
Sin embargo, hubo unas 30 personas, según los datos manejados por la Dirección Provincial, que sí que quisieron presentar la solicitud y, de hecho lo hicieron, pero no llegaron a registrarla.
En varios de estos casos, recibieron como el resto de candidatos un email en el que se indicaba que su solicitud se había presentado pero -y aquí viene la diferencia con otros solicitantes – no se añadía un segundo párrafo en el que se recordaba que todavía restaba un paso: registrar la solicitud y firmarla electrónicamente.
Esto hizo que estrictamente una treintena de docentes no finalizara todos los trámites exigidos por la Administración pública. Y es ahora cuando el MEC ha decidido que de esos treinta sí que serán incluidos en las listas definitivas aquellos que presentaron la pertinente reclamación precisamente por este motivo.
El mismo acuerdo en Ceuta
La semana pasada, a través de una nota de prensa del Ministerio, ya se indicó que en Ceuta se iba a adoptar esta misma medida. Sin embargo, en nuestra ciudad no se había confirmado tal extremo hasta la reunión de la Dirección Provincial con los sindicatos.
Y como, hablando en términos coloquiales, nunca llueve a gusto de todos, en nuestra ciudad hermana hay docentes, compañeros de los solicitantes hasta ahora excluidos, que se muestran en contra de que estos sean admitidos en los listados definitivos.
“Solicitudes no firmadas o no registradas, que ni siquiera aparecen en las listas provisionales de exclusión, pretenden ser incorporadas directamente en las listas definitivas”, señalan, para mostrar “su descontento y total desacuerdo” respecto a esta medida, que dicen “no cumple con los requisitos legales establecidos en la convocatoria”.
Estos profesores, que se han movilizado sobre todo a través de las redes sociales y los grupos de WhatsApp, han iniciado incluso una recogida de firmas para protestar por esta inclusión.
Lo que puede parecer una graciosa concesión del Ministerio no es sino el cumplimiento de la ley, ya que, además de lo recogido por la ley de procedimiento administrativo, la jurisprudencia –que no olvidemos que es ley para la Administración una vez que tiene constancia de ella- deja muy claro desde el pasado mes de febrero el derecho de los recurrentes “a que la Administración dé un plazo de diez días para subsanar la falta de firma electrónica y registro de su solicitud”, circunstancia esta que SATE-STEs ha hecho patente en las reclamaciones de los afectados asesorados.
Conscientes de que en procesos de interinidad anteriores sin la jurisprudencia actual no hemos conseguido éxito en reclamaciones en el mismo sentido, cabe decir que respecto a la digitalización de los trámites administrativos con la Administración, hecho que es muy reciente, aún no está todo dicho, como nos recuerda la jurisprudencia que se ha creado al respecto: “La Administración no puede escudarse en el modo en que ha sido diseñado el correspondiente programa informático para eludir el cumplimiento de sus deberes frente a los particulares […]la Administración debe, en todo caso, dar la posibilidad de subsanación cuando el interesado reacciona frente a su no inclusión en la lista de admitidos y acredita que sólo omitió el paso final, esto es, la firma electrónica y el registro de su solicitud”.
La Administración debe mejorar este proceso como así establecen los razonamientos jurídicos que acompañan a las sentencias del Tribunal Supremo que generan jurisprudencia al respecto.