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La juez condena al líder de CpM al pago de 18.000 € por calumnias a Marín

por M. Vega
11/03/2016 00:05 CET
La juez condena al líder de CpM al pago de 18.000 € por calumnias a Marín

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Aberchán deberá abonar otros 8.640€ en concepto de responsabilidad criminal.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla hizo pública ayer la sentencia del juicio a Mustafa Aberchán celebrado el pasado 25 de febrero. La juez condenó al líder de Coalición por Melilla (CpM) como “autor criminalmente responsable” de un “delito continuado de calumnias” a la pena de 24 meses de multa “a una cuota diaria de 12 euros”, lo que suma 8.640 euros. Asimismo, le impone en concepto de responsabilidad civil el pago de 18.000 euros a Miguel Marín “por daños morales”.
De esta forma, la juez confirma la condena que ella misma había aplicado al dirigente cepemista en abril de 2015.
Esta decisión fue recurrida por Aberchán ante la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga, cuya sede se encuentra en Melilla. Este órgano judicial aceptó el recurso y ordenó la repetición del juicio a causa de que la juez no había aceptado algunas pruebas propuestas por la defensa de Aberchán.

Hechos probados
La juez considera probado que el 26 de marzo de 2010 el presidente de CpM, durante un pleno de la Asamblea de la Ciudad, se dirigió a Marín, entonces vicepresidente primero del Gobierno local, “con temeridad manifiesta” en estos términos: “Señor Marín, es usted el que tiene que estar preocupado, es a usted al que investigan”. Y añadió a continuación: “Sí, por narcotráfico”.  
La sentencia explica que Aberchán hacía referencia con esa acusación a las diligencias previas de la ‘Operación Saco’, que en ese momento se estaban siguiendo en el Juzgado de Instrucción número 4 de Melilla.

“Desprecio hacia la verdad”
Los hechos probados hacen referencia asimismo a las declaraciones efectuadas por Aberchán el 5 de abril de 2010 en un programa de la cadena televisiva local Cablemel.
Según la sentencia, el acusado “con temerario desprecio hacia la verdad y con la única intencionalidad de perjudicar o menoscabar la honorabilidad” de Marín, realizó las siguientes declaraciones: “Yo le digo claramente que si hay alguien que tiene que estar preocupado es él, que él sí ha sido investigado en procesos oscuros en los que tenían que ver con el blanqueo de dinero y personas que intervienen en nuestra ciudad, a veces en expresiones escandalosas como el narcotráfico, y lo digo claramente en conversaciones que ha mantenido”.

“Juez imparcial”
Tras el recurso ganado por Aberchán en la Audiencia Provincial y la orden de repetición del juicio, el inculpado solicitó un “un juez imparcial”.
La sentencia publicada ayer declara que la Audiencia “establece y dicta retroacción de actuaciones y el dictado de nueva vista, sin cambio de juzgador al respecto”. Por ello, el Penal 2 desestima que haya “vulneración” del derecho “a un juez imparcial”, dado que ha sido la propia Audiencia Provincial de Málaga la que ordenó que el juicio se repitiera en el mismo juzgado.
La decisión judicial añade que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional afirma que “el derecho al honor” está “consagrado en el artículo 18.1 de la Constitución Española”. Añade que este derecho “ampara la buena reputación de una persona, protegiéndola frente a expresiones” que puedan “hacerla desmerecer”.
Añade que la libertad de expresión, recogida en el artículo 20 de la Carta Magna, “no permite expresiones o mensajes insultantes, insidias infamantes o vejaciones que provoquen objetivamente el descrédito de la persona a quien se refieran”.

Imágenes del pleno
Asimismo, agrega que en “el visionado del CD del pleno” se escuchan “sin duda alguna” las palabras que Aberchán dirigió a Marín, que fueron corroboradas por los testigos de la ­acusación.

 

Aplicación de los artículos 205 y 206 del Código Penal

El delito continuado de calumnias por el que ayer fue condenado Mustafa Aberchán está previsto en los artículos 205 y 206 del Código Penal.
La calumnia es, según reza el artículo 205, “la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad”.
El artículo 206 señala que las calumnias “serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses si se propagaran con publicidad”. Finalmente, Aberchán fue condenado a una multa de 24 meses a razón de un pago de 12 euros diarios.

 

“Creo en la justicia, pero la condena ya estaba anunciada”

El presidente de Coalición por Melilla (CpM), Mustafa Aberchán, afirmó ayer en una rueda de prensa que su condena en el juicio por calumnias a Miguel Marín estaba “anunciada” antes de que se hiciera pública la sentencia.
El líder cepemista afirmó que no considera “justo” el fallo dictado por la titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla, que lo condenó al pago de 18.000 euros a Miguel Marín, actual presidente de la Autoridad Portuaria de Melilla,  por un delito continuado de calumnias.
“Marín tiene su honor, pero no vale 18.000 euros”, proclamó Aberchán sobre la sentencia de la que ha sido objeto.
“Creo que no ha habido calumnias”, añadió el dirigente de CpM.       
“Digo bien alto que creo en la justicia, pero recurriremos hasta las últimas instancias”, subrayó Aberchán.
El condenado dispone de un plazo de 10 días para interponer un recurso de apelación mediante escrito con firma de letrado y procurador.

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