Melilla y Ceuta tendrán un registro especial de barcos deportivos si se tramita la ley que lo regula. La nueva normativa de Marina Mercante tiene el visto bueno del Consejo de Ministros del 1 de marzo de este año.
Hasta ahora, según explicó a El Faro Víctor Gamero, presidente de la Autoridad Portuaria de Melilla, esas oficinas de registro especial de embarcaciones sólo existen en Santa Cruz de Tenerife y en Las Palmas.
Se trata, añade, Gamero, de una vieja reivindicación de Melilla, que se reclamó durante la tramitación de los dos últimos presupuestos y también a través de preguntas parlamentarias en el Congreso de los Diputados.
En estos momentos lo que esta sobre la mesa es la autorización de la modificación de la Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante. En ese proyecto se incorpora un registro especial para embarcaciones deportivas para Melilla y Ceuta.
La iniciativa se suma a la rebaja del 7% al 0,5% de las tasas de importación de barcos de recreo en la ciudad, que en febrero de este año nos convirtió en el sitio más barato de todo el Mediterráneo y de toda España para importar embarcaciones.
Preguntado por El Faro cuándo tendremos en la ciudad el nuevo registro de embarcaciones de recreo, Gamero fue meridianamente claro: cuando se aprueba la modificación de la ley.
La novedad: el registro de buques y empresas navieras
El Consejo de Ministros del 1 de marzo, a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), aprobó la Ley de Modificación del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y la Ley de Navegación Marítima con el objetivo de actualizar las normas que rigen el transporte marítimo español a la regulación internacional y europea y adaptarlas a las nuevas necesidades del transporte marítimo.
Según explicaron desde el Ministerio, esta reforma se hace para mejorar la competitividad del sector marítimo y portuario español y está previsto que cubra ciertas lagunas de regulación detectadas. Además, coordinará ambas legislaciones con el fin de evitar duplicidades o solapamientos.
Entre las principales novedades del nuevo texto normativo se incluye la reforma del Registro de Buques y Empresas Navieras, que mejora su competitividad, reforzando el papel coordinador de la gestión que se lleva a cabo por parte de la Administración marítima y mejorando su comunicación con el Registro de Bienes Muebles.
El Ministerio de Transportes destaca que entre las principales novedades del nuevo texto normativo se incluye la reforma del Registro de Buques y Empresas Navieras, que mejora su competitividad, reforzando el papel coordinador de la gestión que se lleva a cabo por parte de la Administración marítima y mejorando su comunicación con el Registro de Bienes Muebles.
En este sentido, destacan que se crea el nuevo Registro Especial de Buques y Embarcaciones de Recreo para aquellos que sean objeto de explotación comercial. Las oficinas de gestión estarán en las Capitanías Marítimas de Melilla y Ceuta y su finalidad es favorecer el pabellón español de este importante sector.
Por otra parte, desaparece el régimen obsoleto de importación y exportación de buques y, en su lugar, se da sustantividad propia a la navegación de recreo. En este sentido, los buques o embarcaciones de recreo abanderados en otros Estados, pero cuyos titulares residan en España, estarán sujetos a las normas nacionales de seguridad y de protección del medio marino.
También se prevé un régimen simplificado de inscripción en el Registro de Buques y Empresas Navieras para embarcaciones de recreo y para motos náuticas, con el objetivo de acabar con la disparidad de formas de inscripción existentes en la actualidad.
Una nueva normativa para circunstancias excepcionales
Esta modificación de la ley se llevará a cabo tras las experiencias vividas como consecuencia de la pandemia del coronavirus, cuando el Ministerio de Transportes detectó la necesidad de modificar las competencias del Gobierno y de la Administración marítima.
"Esta norma les proporciona las herramientas necesarias para hacer frente a circunstancias excepcionales e incorpora nuevas garantías para evitar potenciales problemas a las empresas navieras españolas ante estas situaciones", señalan desde el ministerio.
Puertos del Estado
La reforma de la ley introduce una serie de modificaciones puntuales en el libro primero del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en el que se regula el sistema portuario de titularidad estatal. El objeto de estas reformas incluye la mejora de la tramitación de diferentes expedientes de las Autoridades Portuarias, como son los de proyectos de obras, revisión de acuerdos, contratos y cumplimiento de trámites medioambientales, establecimiento de servidumbres en el entorno de las instalaciones de iluminación de costas y señalización marítima, entre otros.
Además, se incorpora como servicio portuario el servicio de suministro de combustible, con base en lo estipulado en el Reglamento (UE) 2017/352 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2017, por el que se crea un marco para la prestación de servicios portuarios y se adoptan normas comunes sobre la transparencia financiera de los puertos.
Finalmente, se aclaran determinadas cuestiones que afectan a las tasas de ocupación, de actividad o de ayudas a la navegación de las embarcaciones deportivas o de recreo.