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Medio siglo después, el Congreso encarrila la nacionalidad española para los saharauis

La ponencia de la Comisión de Justicia aprueba el dictamen que reconoce la ciudadanía por carta de naturaleza a los nacidos bajo administración española antes del 11 de agosto de 1977 y rebaja a dos años el plazo de residencia. El texto afronta ahora su tramo decisivo en comisión y en Pleno.

por Salomón Serfaty Bittán
02/07/2026 10:33 CEST
Nacionalidades
El Sáhara Occidental fue una provincia más de España
El Sáhara Occidental fue una provincia más de España

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El Congreso de los Diputados dio el pasado martes, 30 de junio, un paso que buena parte de la doctrina y de las asociaciones de defensa de los derechos humanos venían reclamando desde hace décadas. La ponencia de la Comisión de Justicia aprobó el dictamen de la proposición de ley que abre la puerta al reconocimiento de la nacionalidad española a los saharauis nacidos cuando el Sáhara Occidental era territorio administrado por España, con el respaldo del PSOE, de Sumar y de los demás socios de la mayoría, el voto en contra del Partido Popular y de Vox, y la abstención de Junts, esta última determinante para que el texto llegara a buen puerto.

Conviene, sin embargo, no confundir el hito con su culminación, y aquí la precisión jurídica importa. Lo que se ha aprobado es el dictamen en fase de ponencia, no todavía la ley. El texto habrá de superar aún el debate en la Comisión de Justicia, previsto para el 14 de julio, y la votación definitiva en el Pleno de la Cámara, señalada para el 23 de julio, antes del paréntesis estival. Con todo, el ponente socialista Artemi Rallo no dudó en calificar lo ocurrido como un paso «definitivo e irreversible» para que los saharauis puedan acceder a la nacionalidad, en un año que coincide con el medio siglo transcurrido desde que España abandonó el territorio.

El origen de una promesa incumplida

Para comprender la trascendencia de la iniciativa hay que remontarse a la salida de España del Sáhara. El Decreto 2258/1976 concedió a la población saharaui un plazo de un año para optar por la nacionalidad española, una facultad que la inmensa mayoría no llegó a ejercer materialmente, atrapada entre la Marcha Verde, los Acuerdos de Madrid de noviembre de 1975 y el éxodo hacia los campamentos de Tinduf. Aquella opción quedó, en la práctica, en papel mojado, y de ahí procede precisamente la fecha que ahora rescata el legislador, pues quienes nacieron en el territorio antes del 11 de agosto de 1977 son, en rigor histórico y jurídico, los destinatarios de un derecho que se les reconoció en su día y que nunca pudieron disfrutar.

La técnica jurídica del reconocimiento

La solución que articula el texto descansa sobre dos pilares. El primero opera sobre la carta de naturaleza del artículo 21 del Código Civil, en cuya virtud la ley entiende que concurren las «circunstancias excepcionales» que dicha vía exige por el mero hecho de haber nacido en el Sáhara Occidental antes de la referida fecha, aun cuando el solicitante no cuente con residencia legal en España. Se traslada así al plano normativo lo que hasta ahora quedaba al arbitrio graciable de cada expediente, dotando de seguridad jurídica a un colectivo que la ha padecido como pocos. La condición de saharaui nacido en esas circunstancias podrá acreditarse por cualquiera de varios medios valorados en su conjunto, entre ellos el documento nacional de identidad español aunque esté caducado, la inscripción en el censo del referéndum del Sáhara Occidental elaborado por Naciones Unidas, o los certificados de nacimiento, de escolarización o de asistencia sanitaria de la época.

El segundo pilar mira al presente, pues la reforma rebaja a dos años el plazo general de residencia legal y continuada exigido para adquirir la nacionalidad, que con carácter ordinario es de diez, equiparando a los saharauis con los nacionales iberoamericanos, de Filipinas, de Guinea Ecuatorial, de Portugal, de Andorra y con los sefardíes. Se trata de una medida de hondo calado práctico, ya que numerosos saharauis residentes en España viven acogidos al estatuto de apátrida, condición que dificulta el acceso al empleo, merma derechos y dilata los trámites de nacionalización más allá de la década. La norma prevé, además, que los descendientes en primer grado puedan optar a su vez a la nacionalidad una vez inscritos sus progenitores.

La solicitud será gratuita y podrá presentarse durante los tres años siguientes a la entrada en vigor de la norma, prevista a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y el Gobierno habrá de habilitar un procedimiento informático específico que agilice la tramitación. En cuanto a su alcance, las estimaciones oscilan sensiblemente según la fuente, entre las treinta mil y las doscientas mil personas, repartidas entre quienes residen ya en España y quienes permanecen en los campamentos de Tinduf.

Una votación que invirtió los papeles

El recorrido parlamentario de la proposición, impulsada en su origen por Sumar y abanderada por la diputada hispano-saharaui Tesh Sidi, ilustra bien la volatilidad de las alianzas. La iniciativa permaneció más de un año congelada, y el propio Grupo Socialista llegó a rechazarla en febrero de 2025, mientras que el Partido Popular la respaldó entonces. Los papeles se han invertido después, de manera que el PSOE la ha rescatado y avalado, y los populares, que en el pasado apoyaron medidas semejantes, han votado esta vez en contra junto a Vox. Sidi celebró la jornada como «un día histórico» y lamentó ese giro, mientras que el portavoz de Justicia de Sumar, Enrique Santiago, habló de un «paso trascendental» y de un «primer reconocimiento y reparación», sin perder de vista la reivindicación pendiente del derecho a la libre determinación del pueblo saharaui.

La oposición ha sostenido reparos que merecen exponerse con honestidad, pues no toda objeción es capricho. El Partido Popular y Vox advierten del riesgo de un «efecto llamada» y de posibles fricciones con la legislación general de extranjería ante una concesión de nacionalidad de contornos amplios. Frente a ello, quienes defienden el texto replican que no se crea un derecho nuevo, sino que se repara la imposibilidad histórica de ejercer uno preexistente, y que la mayoría de los informes jurídicos que acompañan al dictamen avalan su encaje. La abstención de Junts, decisiva, dibuja el estrecho margen sobre el que se sostiene la mayoría.

Una mirada desde Melilla y Ceuta

Desde Melilla y Ceuta, la noticia no se lee como una abstracción lejana. Estas dos ciudades son, ellas mismas, expresión de la presencia española en África y laboratorio permanente de cuanto tiene que ver con la frontera, la nacionalidad y la identidad. Quien ejerce el Derecho a este lado del Estrecho sabe que la extranjería, la apatridia y la adquisición de la nacionalidad no son materias de manual, sino expedientes con nombre y apellidos que se tramitan sobre las mesas de los despachos de abogados. Por eso una reforma que, por fin, ordena y dignifica la situación jurídica de un colectivo largamente postergado interpela de manera singular a quienes vivimos donde España se hace vecina del Magreb.

Quedan aún dos votaciones y no conviene dar por escrito lo que todavía se está escribiendo. Pero, si el calendario se cumple y el texto supera la comisión y el Pleno, España habrá saldado, con cincuenta años de retraso, una deuda que el propio ordenamiento reconoció en 1976 y que la historia impidió honrar. No es poca cosa que una democracia sea capaz de volver la vista atrás para reparar a quienes confiaron en ella. La ley, cuando sirve para eso, recupera su sentido más noble.

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