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Inicio Tribunales y Justicia

Las denuncias de 5 trabajadores del aeropuerto, paralizadas en el juzgado

Por Redacción El Faro
04/08/2013 21:53 CEST
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La CGT presenta un conflicto colectivo contra el baremo de traslados forzosos acordados por los sindicatos y AENA.

Las denuncias de cinco trabajadores del aeropuerto de Melilla contra AENA para impedir su traslado forzoso a otros aeródromos de la red están paralizadas en el juzgado. La Confederación General del Trabajo (CGT) presentó un conflicto colectivo contra el baremo o criterios de priorización de esos traslados, por los que en Melilla están afectados cinco trabajadores. La Audiencia Nacional (AN) deberá responder ante esta denuncia que podría condicionar el resultado de las sentencias judiciales para los empleados afectados de la red AENA y por ende los melillenses.
Hasta esta resolución de la AN y una vez sea firme, las medidas cautelares del juzgado de Melilla se mantienen. Cabe recordar que estos traslados forzosos en el aeropuerto local estaban pendientes de ejecutarse el mes pasado, pero quedaron paralizados por orden judicial, a causa de las cinco denuncias interpuestas.
Estos trabajadores ganarán tiempo hasta que el traslado se ejecute o no, dependiendo del camino judicial que se produzca, pues la sentencia de la AN podrá recurrirse ante el Tribunal Supremo (TS), lo que implicaría que hasta dentro de cinco meses, por lo menos, el TS no resuelva este conflicto colectivo presentado por la CGT.

Contratos temporales y fijos
Este sindicato, de corte anarquista y que recientemente se constituyó en Melilla, presentó el conflicto colectivo contra el acuerdo alcanzado entre AENA y los sindicatos representados en la Coordinadora Sindical Estatal (CSE) que negoció durante la mayor parte de 2012 el Plan de Salida Voluntario, a raíz del Plan de Eficiencia del Ministerio de Fomento para AENA.
La CGT denunció el artículo que establece los criterios a aplicar para priorizar los traslados forzosos, concretamente, contra la preeminencia de los contratos fijos sobre los temporales. Ello implica que los primeros empleados en ser trasladados forzosamente serían los que contaran con un contrato temporal, mientras que los fijos permanecerían en su puesto de trabajo. Otros de los criterios incluidos en ese mismo artículo son las cargas familiares y la antigüedad del contrato.
Así pues, la ejecución final de los traslados de los cinco trabajadores de AENA en Melilla dependen en gran parte de lo que decida la Audiencia Nacional sobre el conflicto colectivo presentado por la CGT. No obstante, el proceso judicial no termina con la resolución de la AN, la cual, una vez sea pública, no será firme, pues contra ella cabrá recurso ante el TS.

El juicio de uno de los empleados

A finales del pasado mes de mayo, el Juzgado de lo Social celebró el primero de los juicios de uno de los trabajadores en el aeropuerto melillense. Su abogado defensor expuso ante el tribunal que los criterios pactados en el acuerdo del Plan de Salida le supone un agravio comparativo, mientras que los letrados de AENA y los sindicatos que integraron la CSE afirmaron que los criterios se han aplicado “correctamente”. En el caso concreto de este trabajador, quien tenía previsto su traslado forzoso en el mes de julio, únicamente se consideró la responsabilidad familiar, al tener un hijo a su cargo, y obviar, según la defensa, los más de 30 años de antigüedad que tiene en la empresa. Su abogado insistió en que se debió tener en cuenta este aspecto en la baremación y que los criterios acordados por sindicatos y empresa fueron “simplistas”. Además, se realizó la baremación en base a unos datos aportados por AENA, que los sindicatos no contrastaron.
Por su parte, abogados de la empresa y los sindicatos sostuvieron que los criterios pactados son “objetivos” y que se aplicaron “correctamente”. En el caso de este empleado, su traslado primó sobre el de sus compañeros pues éstos tienen a su cargo dos o más hijos y él sólo uno.

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