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Inicio » Educación

El MEFPyD reconoce el complemento de dirección como centro tipo B para el CEPA Carmen Conde

SATE-STEs reivindica su labor ante la decisión del Ministerio

por Redacción El Faro
27/11/2024 12:25 CET
El MEFPyD reconoce el complemento de dirección como centro tipo B para el CEPA Carmen Conde

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Tras las reclamaciones por las que se solicitaba al Ministerio el reconocimiento del complemento singular para los cargos directivos del CEPA Carmen Conde como centro de tipo B, de más de cuarenta unidades, por fin el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFPyD) ha accedido a que tal complemento se abone como el propio de un centro tipo B, y no tipo C como se hacía hasta ahora.

El Sindicato Autónomo de Trabajadores de la Enseñanza (SATE-STEs) afirma que es de lamentar la tardanza del Ministerio en dictaminar dicho reconocimiento, ya que la reclamación se presentó hace más de un año. Pero más grave cree SATE-STEs aún es el hecho de que el número de unidades del CEPA Carmen Conde es el suficiente para ser catalogado como centro tipo B desde hace muchísimos años, a pesar de lo cual la Administración ha estado abondado a los interesados el complemento como si se tratase de un centro de tipo C y, por tanto, escamoteándoles la diferencia entre un complemento y otro.

SATE-STEs considera lamentable que, cuando se dan circunstancias administrativas que generan unos derechos (como lo es que a un centro de tipo B le corresponden unos complementos singulares por cargos de dirección de cuantía claramente determinada por la normativa), la Administración se haga el sueco y prive a los interesados de la remuneración que legalmente les corresponde. Un centro es de determinado tipo en función de unos criterios objetivos que, cuando se dan, suponen de modo automático el derecho inherente en materia retributiva.

Como consecuencia de esta actitud de la administración, los compañeros afectados han sufrido una merma en sus derechos salariales que sólo se podrán recuperar en parte, ya que no podrá aplicársele el carácter retroactivo más allá de cuatro años desde el momento en que se presentó la reclamación, cuando los requisitos para ser considerado centro de tipo B se cumplían desde años antes.

Además, no se trata de una circunstancia nueva, ya que años atrás se dio una situación parecida con la Escuela Oficial de Idiomas, a cuyo equipo directivo de les privó durante muchos años de la retribución que les correspondía en función del número de alumnos hasta que finalmente les fue reconocida tras varias negativas de la administración a hacerlo, a pesar de los datos objetivos.

Por ello, desde SATE-STEs instan a la Administración a que no fuerce a sus trabajadores a verse en la obligación de reclamar lo que por derecho les corresponde cuando es su obligación cumplir y hacer cumplir las normas, todas las normas, incluso las que afectan a las nóminas y derechos retributivos.

Tags: complementotrabajadores

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