“No estaba en mis cabales”, declaró la sentenciada ante la juez al reconocer su culpabilidad.
Una mujer fue condenada ayer a un año y tres meses de prisión como autora de un delito de violencia doméstica tras haber agredido a su hijo y a su madre.
La agresora, cuyas iniciales son M. K., reconoció su culpabilidad en los hechos, lo que permitió a su abogada defensora alcanzar una conformidad con el Ministerio Fiscal. De esta forma, aparte de la pena de cárcel, la sentenciada no podrá acercarse a menos de 300 metros de las víctimas de su ataque durante un plazo de dos años.
La conformidad alcanzada entre las partes no hizo necesario que prestasen declaración el hijo y la madre de la acusada.
Fuera de sus cabales
“No estaba en mis cabales”, declaró M. K. cuando la titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla le preguntó si reconocía los hechos enjuiciados. A continuación, admitió lo ocurrido y aceptó la sentencia impuesta.
Los hechos tuvieron lugar el 8 de junio de 2013. En esa fecha, la acusada acudió al domicilio de su madre “golpeando repetidas veces la puerta”, según indicó la juez. El hijo de la inculpada, que se encontraba en ese momento junto a su abuela, acudió a abrir la puerta y, acto seguido, recibió una lluvia de puñetazos y patadas por parte de la agresora.
Puñetazo a su propia madre
Tras acometer a su propio hijo, la intrusa propinó un puñetazo en la cara a su madre, que precisó de asistencia facultativa por ello. El chico también necesitó asistencia médica a causa de los golpes y patadas que recibió, aunque no fue necesario que él y su abuela quedasen ingresados en el hospital por las lesiones.
Suma de las condenas
La fiscal solicitó en su escrito de acusación sendas penas de siete meses y 15 días de prisión por cada una de las agresiones, lo que suma en total un año y tres meses de encarcelamiento.
La acusación pública basó su petición de sentencia en el artículo 153 del Código Penal, que establece penas de prisión de “seis meses a un año” en el caso de que la persona maltratada tenga un vínculo familiar con el agresor, siempre y cuando las lesiones no hayan menoscabado su “integridad corporal” o su “salud física o mental”.
Aparte, M. K. deberá indemnizar a su madre con 80 euros.