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El encausado reconoció los hechos ante la magistrada
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Tendrá que pagar multas de 4.320€
Un individuo fue ayer condenado a seis meses de prisión y a multas que ascienden a la cantidad de 4.320 euros como autor de un delito de desobediencia a la autoridad, de otro por conducción temeraria y otro delito contra la seguridad vial por circular sin carnet. El procesado reconoció los hechos ante la titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla con el fin de acordar una conformidad. De este modo, confirmó que, tal y como se expone en el escrito acusatorio del Ministerio Público, emprendió una huida de la Guardia Civil que comenzó en la Pista de Carros y que continuó en dirección a la frontera de Beni Enzar. En su fuga, el inculpado, que circulaba sin permiso, llegó a conducir en sentido contrario al de la carretera.
Estos hechos tuvieron lugar el 1 de febrero de 2016. Según recoge la acusación, el individuo se encontraba en la Pista de Carros, donde se personó la Guardia Civil. Los agentes percibieron al procesado en actitud sospechosa, motivo por el que pretendían identificarlo. No obstante, el hombre aceleró el coche y emprendió una huida hacia Beni Enzar.
El inculpado no hizo caso alguno a las señales luminosas y acústicas que realizaba la Guardia Civil para que se detuviera. Durante la huida, tuvo que esquivar a un vehículo y circuló en dirección contraria, poniendo en riesgo el tráfico vial, ya que también circulaba a una velocidad superior a los 50 kilómetros por hora y “en eses”.
Cuando la Guardia Civil al fin consiguió que se detuviera al cortarle el paso, el procesado admitió que no tenía el permiso correspondiente para conducir vehículos o ciclomotores a motor.
Acuerdo de conformidad
El letrado del procesado llegó a un trato de conformidad con el representante del Ministerio Público con el que el acusado estuvo de acuerdo, lo que necesariamente implicaba su reconocimiento de los hechos. De este modo, el fiscal accedió a rebajarle la pena solicitada, que inicialmente era de cuatro años de prisión por un delito de atentado a la autoridad.
El procesado fue condenado finalmente a seis meses de cárcel, aunque no tendrá que ingresar en prisión por carecer de antecedentes penales. No obstante, no podrá volver a delinquir en los próximos dos años porque, de hacerlo, se le revocaría la suspensión.
Además, tendrá que abonar sanciones por valor de 4.320 euros. El condenado tampoco podrá conducir por un periodo de un año y un día. El individuo se mostró conforme con la condena y la jueza pronunció en la sala el dictado de una sentencia condenatoria.